
Más de 5.000 sentencias favorables por comisiones bancarias: cómo reclamar en Zaragoza
La Jurisprudencia en Zaragoza permite recuperar las comisiones bancarias a cientos de aragoneses.
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Por administrar una cuenta, por realizar transferencias, por conceder una tarjeta de crédito o por estar en descubierto. El listado de gestiones por las que las entidades bancarias cobran una determinada cantidad a sus clientes es largo y casi siempre genera conflicto entre ambas partes, pues no siempre queda claro en qué momentos hay que pagar por un servicio y en cuáles no. La respuesta a esta problemática la ha ratificado la Audiencia Provincial de Zaragoza, pues las recientes sentencias que se están dictando en la capital aragonesa están condenando a todas las entidades financieras a devolver las comisiones bancarias cobradas por el mantenimiento de la cuenta corriente y eventuales descubiertos.
Tal y como explica el Banco de España en su portal para clientes, las comisiones bancarias "son las cantidades que los bancos te adeudan como contraprestación a los servicios que prestan", pero muchas de ellas están limitadas por normativa o no pueden cobrarse por servicios que no se hayan solicitado o aceptado. "En todo caso, deberán informarte personalmente y por anticipado del importe que vas a pagar por ese servicio". En el caso de la comisión por mantenimiento de cuenta, una de las más comunes, el Banco de España refiere que "para que la entidad pueda cobrarla, debe informarte previamente sobre sus condiciones y tienes que aceptarlas expresa o tácitamente".
Los contratos firmados antes de 2015 son abusivos y las entidades en muchas ocasiones los han extraviado, lo que facilita la reclamación
Bien sea por mantenimiento o por otras cuestiones, la normativa es compleja y puede variar tanto en cuestión de la entidad bancaria como del trámite o servicio. "El cobro de comisiones es una practica común, pero pocos afectados conocen que pueden evitar pagar de forma recurrente, pues el banco en ocasiones no tiene el contrato firmado o en otras no presta ningún servicio efectivo que pueda entenderse vinculado a dicho gasto, por lo que son abusivas", explica Juan Manuel Torrecilla, socio del despacho Praetor Abogados, especializado en cuestiones de consumo. "De hecho, los contratos firmados antes de 2015 son abusivos y las entidades en muchas ocasiones los han extraviado, lo que facilita la reclamación".
El experto apunta que, actualmente, "la jurisprudencia más reciente de Zaragoza está permitiendo que cientos de zaragozanos obtengan la restitución de este tipo de gastos, asociados muchas veces a sus contratos de cuenta corriente y que desconocen. Tanto juzgados como Audiencia Provincial están condenando a las principales entidades financieras de Aragón a restituir a los particulares dichos gastos".
Cómo reclamar al banco
En caso de detectar un cobro de estas características, existen varías vías para recuperar el dinero. El primer paso es revisar las últimas liquidaciones o extractos que permite descargar el banco, así como los documentos relativos a la cuenta corriente para comprobar si dicha comisión estaba contemplada en el momento de la contratación y si el banco había informado de manera correcta. En caso de duda, conviene consultar a un abogado especializado en el ámbito, pues aunque esté recogido en el contrato puede ser que se haya cobrado de forma injusta y abusiva y no responda a lo estipulado.
Una vez confirmado el cobro indebido, se puede solicitar la devolución del dinero al banco, aunque lo más práctico es recurrir a un abogado, que revisará la documentación y solicitará al banco la supresión y reembolso de dichos costes, además de evitar comisiones futuras. Siguiendo esta vía, "el éxito es del 100% para los consumidores, pues dichas comisiones no se negociaron y suponen un cargo abusivo. La jurisprudencia es plenamente favorable", apunta Torrecilla. Además, "la restitución del dinero se obtiene una vez existe pronunciamiento judicial al respecto, añadiéndose intereses de demora por las cantidades que el banco debe devolver".
Suele ser suficiente con una reclamación sencilla pero efectiva y que no tiene coste para el cliente si no se obtiene restitución
En el caso de las tarjetas de crédito, bien sea de entidades bancarias o de establecimientos comerciales con programas de fidelización, el procedimiento se realiza de manera similar y con mismo resultado, pues se aplica la misma regulación y existe una alta posibilidad de obtener la devolución de los intereses. Así, si un cliente ha estado pagando, por ejemplo, comisiones por la emisión o mantenimiento de la tarjeta, este puede iniciar el mismo procedimiento, rápido y sencillo, y recuperar el dinero.
Despacho especializado en comisiones bancarias en Zaragoza
"Nuestro despacho es uno de los pocos especializados en esta materia, con cientos de demandas ganadas y un porcentaje de éxito cercano al 100%", apunta Torrecilla. Más en concreto, en Praetor Abogados se han ganado mas de 5.000 asuntos sobre esta materia, interponiéndose demandas frente a todas las entidades financieras que operan con este tipo de productos. Se trata de un despacho de referencia en Zaragoza, con una trayectoria dilatada en materia de consumo. En el caso de las comisiones bancarias, recuerdan que el proceso consiste en una reclamación sencilla que además no suele tener coste en el caso de que el cliente no obtenga la devolución pertinente.

Además de las comisiones bancarias, en este despacho son especialistas en la reclamación de otros gastos o condiciones abusivas de las entidades bancarias, como los gastos hipotecarios, "con la misma normativa y un éxito prácticamente garantizado", así como las devoluciones por créditos, tarjetas con intereses elevados o los prestamos referenciados al IRPH.
Praetor Abogados
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