El Ayuntamiento de Zaragoza aceptará las peticiones telemáticas sin finalizar por culpa de fallos informáticos

Acepta una sugerencia de la Justicia de Aragón, que atendió la queja de un ciudadano que tuvo problemas al pedir unas ayudas a la rehabilitación

Concepción Gimeno, Justicia de Aragón.
Concepción Gimeno, Justicia de Aragón.
Oliver Duch

Los tiempos cambian y la relación con la Administración local se realiza ya, casi de forma preferente, a través de Internet. Es un cambio que tiene múltiples ventajas, como el ahorro en tiempo y en desplazamientos, pero también inconvenientes, el principal, que un fallo informático impida al ciudadano completar una solicitud en plazo. El Ayuntamiento de Zaragoza ofrecerá un plazo de subsanación a quienes no puedan presentar una solicitud por cuestiones de carácter informático, que se comuniquen y justifiquen oportunamente. Lo hace en atención a una sugerencia que ha cursado la Justicia de Aragón, Concepción Gimeno, en atención a la queja que planteó un ciudadano al que habían dejado fuera de unas ayudas a la rehabilitación de viviendas.

La solicitud de amparo a la Justicia se planteó en septiembre del año pasado, cuando Zaragoza Vivienda denegó una subvención a un vecino de la capital porque cuando planteó la solicitud tenía 41 años, uno más de los 40 que debían tener como máximo los beneficiarios.

Acreditó ante la sociedad municipal que la petición se formuló el 18 de mayo, un día antes de su cumpleaños, pero el sistema informático no le permitió completarla pues, tras subir toda la documentación, no logró firmarla. Pidió al equipo informático que gestiona la plataforma de información las posibles incidencias que se registraron en aquella fecha y le comunicaron que "no constaba que existieran inconvenientes" que le pudieran dificultar firmarla en fecha. Su reclamación se desestimó.

No tiró la toalla el afectado. Dirigió un escrito al responsable de recepción de solicitudes de ayuda a la rehabilitación poniendo de manifiesto que se había generado un expediente y adjuntando un pantallazo donde se veía que no había podido firmar un día antes de cumplir los 41 años.

Después de que se revisara la documentación en Zaragoza Vivienda, se emitió un informe-propuesta dirigido al gerente de la sociedad municipal en el que seguía sin estar incluido entre los beneficiarios de las ayudas a la rehabilitación al incumplir el requisito de la edad. Aunque no podía firmar, la tramitación avanzaba. Tal es así que al día siguiente, ya con 41 años, la rubricó.

En los fundamentos jurídicos, la resolución de la Justicia refiere que, con el fallo informático denunciado, se debería haber entendido que la petición se formuló en plazo o se debería haber ofrecido al afectado otro plazo de subsanación. "El día en que se efectuó el primer intento telemático, el afectado cumplía los requisitos exigible", advierte.

En un expediente anterior (21/820), recuerda Concepción Gimeno que la institución había alertaba de que "periódicamente" se venían detectando problemas por la presentación de escritos por medios telemáticos que, en ocasiones, "pueden suponer una merma de derechos de los ciudadanos si se adopta una interpretación restrictiva de la normativa aplicable".

En otros ámbitos del procedimiento administrativo hay ya declaraciones jurisprudenciales "muy favorables a garantizar la posición del ciudadano". Y aporta sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional al respecto.

Hace alusión, en este sentido, a un pronunciamiento del TC en el que se ha concedido un amparo a un usuario de las plataformas telemáticas de la Administración de Justicia, por el uso en un juzgado de Zaragoza del sistema ‘avantius’.

"Los tribunales han debido pronunciarse sobre cuestiones parecidas a las que nos ocupan, e incluso se han plantado recursos de casación antes el Supremo en relación con las llamadas presentaciones telemáticas no finalizadas", señala.

A la vista de los precedentes, estima la Justicia que cabría plantearse si no hubiera sido "más congruente" haber permitido subsanar los trámites pendientes. Y en esa línea iba su sugerencia donde pedía al Ayuntamiento que "permita la subsanación de las solicitudes telemáticas no finalizadas y que valore la posibilidad de ofrecer al ciudadano que planteó la queja un plazo de subsanación". Y se aceptó.

En el caso concreto del promotor de la queja, Zaragoza Vivienda va a revisar la actuación ya que el ciudadano acreditó que cursó la solicitud y un fallo le impidió culminarla. Es una decisión que Concepción Gimeno valora "muy positivamente" pues se aplicará, también, en situaciones similares en el futuro.

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