AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Se agilizan los trámites para poner en marcha nuevas actividades, obras menores o cambios de titularidad

Los ciudadanos que a partir de ahora quieran poner en marcha una actividad económica que no sea molesta, insalubre, nociva o peligrosa; realizar obras menores o cambios de titularidad podrán hacerlo de manera inmediata con solo presentar la documentación requerida al Ayuntamiento de Zaragoza

Los ciudadanos que a partir de ahora quieran poner en marcha una actividad económica que no sea molesta, insalubre, nociva o peligrosa; realizar obras menores o cambios de titularidad podrán hacerlo de manera inmediata con solo presentar la documentación requerida al Ayuntamiento de Zaragoza (sea de manera presencial o en línea) y comunicar su intención.

Simplificación de procesos

Los procesos de obra mayor y las 'actividades clasificadas' también verán simplificados los procesos y reducidos notablemente los plazos de gestión. Estos cambios en la relación entre la Administración y los ciudadanos se producen a raíz de la entrada en vigor de laOrdenanza Municipal de Medios de Intervención en la Actividad Urbanística (MIAU), que permite adaptar la normativa municipal a la directiva europea con el propósito de simplificar y racionalizar los trámites.


La aplicación de la ordenanza conseguirá además una sensible reducción de los costes económicos para los particulares. De todos los asuntos que entraron en la Gerencia en 2010 (26.667), 13.672 fueron solicitudes de autorizaciones o licencias (el 51% de las entradas) y de ellas el 91% (12.485) se hubieran podido beneficiar de una reducción de plazos o de la inmediatez si hubiera estado vigente la MIAU.


En concreto se benefician de esta ordenanza las aperturas no calificadas; los cambios de titularidad; obras menores: en viviendas, locales, en el exterior de los edificios si no hay afección estructural, badenes; colocación de vallas y andamios; acometidas de gas, luz y telecomunicaciones particulares; inicio de actividad de licencia ambiental sin informe de incendios; y autorización de la actividad en pequeños bares (superficie hasta 250 metros cuadrados, sin música y menos de 25 kilovatios).


También se aplicará para la autorización de actividades temporales de la Ley de Espectáculos (tipo ferias); y la demolición de edificios que no precisen dictamen de patrimonio.


La nueva normativa no sólo aporta celeridad al trabajo de la Administración Local sino que introduce cambios de gran envergadura en sus concepciones.


De hecho, la MIAU supone la reducción, en buena parte de los asuntos, del control preventivo previo, que ha sido la fórmula empleada hasta la actualidad en la concesión de licencias y permisos, y la opción por un procedimiento con menos trabas administrativas en el inicio, pero con mayores cotas de responsabilidad por parte de los titulares de actividades, promotores y profesionales que actúan en el urbanismo.

Procedimientos más difíciles


A partir de ahora, la persona interesada en iniciar una actividad o realizar una obra podrá saber desde el principio qué documentos debe formalizar para realizar su petición (lo podrá saber consultando la web municipal y accediendo a la ordenanza, que incorpora, como novedad, todos los documentos previstos para las autorizaciones).


Acto seguido, podrá, de manera voluntaria, presentar su documentación a un colegio profesional o a una entidad cualificada que realizará un informe de idoneidad y calidad documental, es decir una revisión y comprobación de que cumple los requisitos. (Este paso se recomienda especialmente para los asuntos que requieren una documentación técnica y nunca para las obras menores).


Desde ese momento, el particular está preparado para presentarlo a Urbanismo, comunicando su intención de abrir al día siguiente su establecimiento (en actividad no calificada), realizar la obra menor o solicitar la oportuna licencia. Es lo que constituye la declaración responsable, comunicación previa y licencia.


Después, tanto si ha habido declaración de idoneidad y calidad documental, como si no, el Ayuntamiento se encargará de efectuar las comprobaciones pertinentes. En ese momento serán posibles los requerimientos de más documentación, las paralizaciones, las sanciones o los cierres si el particular ha contravenido las pautas que marca el consistorio.


De la misma manera, la Ordenanza sirve para modificar los procedimientos de licencia para obra mayor o para poner en marcha actividades clasificadas (que pueden ser molestas, insalubres, nocivas o peligrosas), que pasan a organizarse en tres grupos:


Simplificado (con plazo de resolución en un mes o 15 días si hay informe de idoneidad). Abreviado (dos meses o un mes si hay informe de idoneidad ).


Ordinario (tres meses o cuatro meses y medio -en función de la complejidad y de los permisos que necesiten-- o la mitad de tiempo si hay declaración de idoneidad). En este caso deberán sumarse además los periodos de información pública.

Seguimiento y garantías


Otra de las novedades que se incorpora con la entrada en vigor de la ordenanza es la Inspección Técnica de la Actividad (ITA), que, al igual que ocurre con la ITE en los edificios residenciales, pretende ser una garantía en el tiempo del cumplimiento de las condiciones que permitieron la apertura de los establecimientos, respetando así los derechos de los vecinos y de los usuarios (por ejemplo estado de los filtros, insonorización, medidas contra incendios, sistemas de emergencia).


La Ordenanza Municipal de Medios de Intervención en la Actividad Urbanística llega además de la mano de las nuevas tecnologías, de modo que los ciudadanos que deseen realizar estas gestiones desde el ordenador de su casa o su negocio podrán hacerlo progresivamente (se inicia con las obras menores y se irán sumando el resto de procesos con arreglo a un calendario preestablecido) sin tener que buscar tiempo para ir a las dependencias municipales, lo que incrementa la comodidad y el ahorro de tiempos por parte del interesado.


En este proceso además se consigue anular por completo el uso del papel, de manera que es un trámite electrónico íntegro.


El nuevo sistema de gestión urbanística municipal que se logra con la entrada en vigor de la ordenanza urbanística "hereda un intenso trabajo preliminar, desarrollado desde la Gerencia de Urbanismo para hacer más sencilla y rápida la relación del ciudadano con la Administración Local", destacan desde el Ayuntamiento de Zaragoza.


Así, la Gerencia "fue pionera en poner en marcha un sistema de calidad en sus servicios, o en introducir encuestas de satisfacción a los usuarios", añaden las mismas fuentes.


De la misma manera, se ha trabajado por reducir tiempos de espera, y por implantar, junto con la Dirección de Ciencia y Tecnología un servicio de cita previa y procesos electrónicos en la web municipal para los servicios de Atención al Ciudadano.


También ha suscrito convenios de colaboración con los colegios profesionales para actualizar una guía de procedimientos y una guía de documentación técnica y buscar fórmulas de corresponsabilidad para que el Ayuntamiento fuera capaz de dar licencias y permisos en el menor tiempo posible durante el pasado mandato. De hecho, una parte de las obras menores se tramitaba ya en 24 horas desde 2009.