Aragón recurrirá el Real Decreto de prescripción enfermera

El Gobierno autonómico considera que la norma invade competencias que son propias de la Comunidad, y pide al Gobierno central que anule los artículos que las vulneran.

El Real Decreto hace obligatoria la presencia del médico para diagnosticar, prescribir y protocolizar cualquier actuación.
El Real Decreto hace obligatoria la presencia del médico para diagnosticar, prescribir y protocolizar cualquier actuación.
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El Gobierno de Aragón, a petición del Departamento de Sanidad y a través de la Dirección General de Servicios Jurídicos del Departamento de Presidencia, va a emprender acciones judiciales contra el Real Decreto por el que se regula la indicación, el uso y la autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, que entró en vigor el pasado 24 de diciembre. "Entre otras cosas -informa el Gobierno autonómico en un comunicado- se va a solicitar la suspensión cautelar del mismo".


Esta medida se ha tomado este miércoles en una reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno, en la que se ha decido también que el Departamento de Presidencia pida al Gobierno central que anule los artículos que "invaden y vulneran" competencias propias de la Comunidad.


En concreto, se solicitará que se revoquen o modifiquen los artículos 2.2, 3.2 (párrafo primero), 10.1 (párrafo tercero), 10.2 (párrafo primero), 10.3 (párrafo primero), el punto 3 de Disposición transitoria Única (párrafo segundo), el apartado cuatro de Disposición final y el Anexo II (el párrafo siguiente al apartado seis del citado Real Decreto).


El Gobierno autonómico alega que en estos artículos se plantean cuestiones relativas a la acreditación de los profesionales sanitarios, lo cual es "competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma", según establece el artículo 71.55 del Estatuto de Autonomía.


Concretamente, se considera que el Real Decreto atribuye a la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la competencia para la acreditación de los profesionales de enfermería que deseen ejercer las funciones de indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano. Por su parte, el departamento de Sanidad alega que esta normativa impide el desarrollo de aspectos organizativos propios en materia de asistencia sanitaria, sin que se justifique la necesidad de asumir tal competencia.


"Si el órgano requerido no atiende la petición de Aragón en los plazos establecidos, el Ejecutivo autonómico elevará el conflicto al Tribunal Constitucional", advierten desde la DGA en un comunicado. 


El Real Decreto que regula la conocida como 'prescripción enfermera' hace obligatoria la presencia del médico para diagnosticar, prescribir y protocolizar cualquier actuación. Esto conlleva, según el análisis de la norma realizado por el Departamento de Sanidad, que "los procesos sean más lentos, dado que impide a los enfermeros hacer de manera autónoma cientos de actuaciones que hasta ahora se llevaban a cabo con normalidad". Así, según pone de manifiesto el ejecutivo autonómico, los enfermeros prescribían medicamentos siguiendo protocolos y guías de práctica clínica, sin el diagnóstico ni la prescripción previa del médico, ya que "se trata de situaciones que forman parte habitual de su ejercicio profesional como, por ejemplo, la medicación a los enfermos crónicos", concluyen.


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