El Supremo declara nulas las tasas

El máximo tribunal considera que estos gravámenes vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva.

Justicia.
Justicia.

El Tribunal Constitucional declaró nulas, el pasado mes de julio, por inconstitucionales las tasas judiciales impuestas a las personas jurídicas impulsadas en su momento por el exministro de Justicia Alberto Ruiz­Gallardón.


Se trata de una sentencia adoptada por unanimidad, que ha sido muy bien recibida tanto por la ciudadanía en general, como por el colectivo de abogados en particular. En su resolución, el Tribunal Constitucional afirma que dichos gravámenes, aprobados en 2012, vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva.


La resolución entiende que la cuantía de las tasas (tanto en la cuota fija como en la variable) resulta "desproporcionada y puede producir un "efecto disuasorio" en los ciudadanos a la hora de acudir a los tribunales de Justicia.


Casos que se ven afectados

La nulidad afecta en concreto a las siguientes tasas: Recurso abreviado. Pago de 200 euros para interponer el recurso contencioso-administrativo abreviado. Recurso ordinario. Un total de 350 euros para interponer el recurso contencioso-administrativo ordinario. Orden civil. De 800 euros para promover recurso de apelación y de 1.200 euros, los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal, en el orden civil. Orden contencioso. De 800 euros para el recurso de apelación y 1.200 euros para el recurso de casación en cualquiera de sus modalidades, en el orden contencioso-administrativo. Orden social. De 500 euros para el recurso de suplicación y 750 para el de casación en cualquiera de sus modalidades, ambos del orden social.- Más información en la Guía Práctica del Asesoramiento Jurídico y Financiero