El juez da la razón a Rey Ardid y anula la adjudicación de la residencia de Caspe

La entidad puso un contencioso contra el acuerdo del anterior Ayuntamiento que le arrebató la gestión del centro municipal en favor de la Fundación para el Desarrollo Social.

El comedor de la residencia se abrió hace poco más de un año, en marzo de 2014.
El comedor de la residencia se abrió hace poco más de un año, en marzo de 2014.
m.c. ribó

La residencia municipal de mayores de Caspe deberá ser gestionada por la Fundación Rey Ardid. Así lo considera una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Zaragoza que, tras más de un año de desencuentros políticos sobre la adjudicación de este centro, ha dado la razón a esta fundación y considera que la actuación administrativa que dejaba la residencia en manos de la Fundación para el Desarrollo Local queda "anulada y sin efecto". La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, da un giro de 180 grados a un proceso muy enquistado.


Entre finales de 2013 y principios de 2014, se presentaron al concurso para llevar esta residencia cinco aspirantes, pero la mesa de contratación solo valoró las ofertas de tres de ellas. En un primer momento este órgano eligió la propuesta de la Fundación Rey Ardid –entidad vinculada al PSOE– por ser la más ventajosa económicamente. Sin embargo, al día siguiente, la Fundación para el Desarrollo Social –vinculada al PAR– solicitó revisar la valoración otorgada a la ganadora y requerirle que justificara los términos de la oferta.


El Ayuntamiento (regido por el tripartito CPC, PP y PAR) accedió y sus servicios técnicos y jurídicos emitieron un informe firmado por tres personas –una de ellas, el asesor legal que no apoyó el recurso de la tercera entidad seleccionada, Vitalia– que concluía que el proyecto de Rey Ardid adolecía de "graves defectos de previsión" que lo hacían "inviable desde un punto de vista asistencial, técnico y, sobre todo, económico".


A la vista del dictamen, la mesa de contratación propuso que la adjudicación recayera en la fundación vinculada al PAR. No obstante, lo hizo con el voto en contra de la concejal del PSOE Pilar Mustieles, quien recordó que, por ley, para que una proposición anormalmente baja pueda ser ponderada bajo varios criterios es requisito que en el pliego que rige el concurso se hayan especificado los criterios objetivos que permitirán valorarla. Además, advirtió de que, para que todas las empresas fueran evaluadas con el mismo criterio, no se podían tener en cuenta coeficientes de ponderación que no se incluyeran en el pliego.


La sentencia reconoce ahora que la actuación administrativa "ha vulnerado la normativa indicada". Por ello, y acogiéndose a la ley, considera que "debe ser anulada". El juez estima que "en pura teoría sería procedente la retroacción de actuaciones para que por el órgano de contratación se efectuara la adjudicación que procede conforme a Derecho". Sin embargo, tiene en cuenta que "en esta tesitura se corre el riesgo de que el Pleno del Ayuntamiento, amparándose en la posibilidad que otorga la legislación vigente, se apartara ‘motivadamente’ de la propuesta de la mesa de contratación, volviendo a dar viabilidad al informe ya indicado". Además, condena al Ayuntamineto de Caspe a pagar las costas a la demandante (el límite son 3.000 euros).


El actual alcalde, el socialista Jesús Senante, explicó que debe todavía consultar la sentencia con los servicios jurídicos, pero recordó que el PSOE siempre apoyó que la adjudicación fuera a la elegida por la mesa de contratación desde el principio.

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