Los altos cargos de la DGA deberán publicar sus bienes y gastos de representación

La ley de transparencia, que se aprobará el próximo día 25 y se aplicará a finales de año, afectará también a las federaciones deportivas y a la iglesia.

Los altos cargos del Gobierno de Aragón deberán publicar sus bienes y patrimonio y el importe de los gastos de representación de los que hayan hecho uso. Esta es una de las obligaciones que incluye la Ley de Transparencia y Participación Ciudadana de Aragón, que se aprobará el día 25 –con un amplio consenso– y se comenzará a aplicar a finales de este año.


Una enmienda del PSOE ha ampliado la rendición de cuentas de los altos cargos del Ejecutivo, entre los que se incluyen además del presidente y los consejeros, los directores generales, los secretarios generales, los jefes de gabinete y los directivos de las empresas públicas, al patrimonio. Pero no será lo único. También tendrán que difundir los importes de sus dietas, sus retribuciones, las indemnizaciones percibidas, sus datos biográficos, las actividades públicas o privadas para las que se haya autorizado la compatibilidad... Se publicitarán también sus agendas públicas.


La norma también amplía, tras el proceso de ponencia, los sujetos que deberán cumplirla. Se extiende a las federaciones deportivas y a la iglesia y otras confesiones que reciban ayudas públicas. Además, se aumenta hasta los 100.000 euros (antes eran 50.000) el importe de las ayudas públicas que reciben las entidades privadas que estarán sometidas a esta ley de transparencia. En concreto, tendrán que dar publicidad a las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables de la entidad y a las indemnizaciones percibidas en caso de abandono del cargo.


Lo mismo deberán hacer las entidades privadas cuando al menos el 40% del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención, siempre que las aportaciones de las administraciones públicas aragonesas alcancen como mínimo 25.000 euros. O las sociedades mercantiles y fundaciones con una participación pública superior al 30% e igual o inferior al 50%.


Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales que perciban subvenciones públicas, el Consejo Consultivo, el Consejo Económico y Social, las entidades locales, los organismos autónomos y empresas públicas, la Universidad de Zaragoza, las corporaciones de derecho público, las fundaciones, las Cortes, el Justicia y la Cámara de Cuentas son otros de los sujetos que estarán regidos por esta norma. Además, las empresas concesionarias de servicios públicos o personas que ejerzan potestades administrativas, así como las que asuman conciertos sanitarios, educativos o sociales tendrán que dar cuenta de la información relativa a su relación con la administración.


También tendrán que suministrar información a la administración las contratistas y los beneficiarios de subvenciones (esta obligación constará tanto en los contratos como en las bases reguladoras). De no hacerlo, habrá multas coercitivas, que no podrán exceder el 5% del importe del contrato o subvención.


Las administraciones y entidades públicas tendrán que difundir la relación de puestos de trabajo, la oferta de empleo público y aportar datos detallados de los liberados sindicales (costes, organización a la que pertenecen, número anual de horas sindicales...). En este sentido, se publicarán las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos. Se publicitarán los asesores de cada uno de los departamentos y organismos autónomos con sus retribuciones y funciones y el coste global que suponen, así como los costes de las campañas de publicidad institucional.


La ley de transparencia obliga al Gobierno de Aragón a aprobar un plan de gobierno que fije sus líneas de actuación con costes y plazos para alcanzarlos. Anualmente tendrá que dar cuenta de su cumplimiento. Para difundir toda la información a la que obliga esta norma se habilitará un portal de transparencia. A través de este instrumento se difundirá también información minuciosa sobre contratos, convenios, encomiendas de gestión, subvenciones, estadísticas presupuestarias y tributarias, retribuciones, presupuestos anuales, listas de espera sanitarias, proyectos de investigación.


La ley prevé sanciones para las administraciones y entidades que incumplan sus obligaciones de transparencia así como la pérdida de ayudas a los beneficiarios. Se considera el principio de transparencia "prevalente y cualquier limitación deberá tener fundamento en un límite o excepción establecido por norma con rango de ley e interpretarse en su aplicación de forma restrictiva". Se crea también un Consejo de Transparencia de 15 miembros con todos los grupos parlamentarios.