La juez anula las ventas de 97 piezas de Sijena y ordena a Cataluña devolverlas

La sentencia del juzgado de Huesca considera ilegales tres operaciones del Gobierno catalán y el MNAC.
El fallo no es firme y la Generalitat ya ha anunciado que recurrirá porque "hay motivos suficientes".
Determina que las obras no pueden disgregarse del monasterio y que se actuó sin contar con las propietarias.

La juez anula las ventas de 97 piezas de Sijena y ordena a Cataluña devolverlas
La juez anula las ventas de 97 piezas de Sijena y ordena a Cataluña devolverlas
Heraldo.es

Nueva e histórica sentencia judicial a favor de Aragón en el conflicto con Cataluña por el arte sacro, en este caso, del monasterio de Sijena, víctima de múltiples episodios de expolio en el último siglo. La magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 1 1 de Huesca ha declarado nulas de pleno derecho tres ventas de un total de 97 valiosas piezas que la Orden Sanjuanista (dueña del cenobio) cerró con la Generalitat de Cataluña en 1983 y 1992, y con el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) en 1994. El fallo, que Cataluña recurrirá al considerar que "hay motivos suficientes", reconoce que las obras deben reintegrarse al propietario y lo que es más importante: ser devueltas al cenobio del que salieron en los años 70. La orden judicial de entrega es lo que no se ha conseguido hasta ahora en la batalla por el arte de las parroquias de Barbastro-Monzón.


La juez estima de esta manera en su totalidad la demanda que interpusieron hace tres años el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena en un nuevo intento de recuperar esta parte de su patrimonio histórico, después de que en enero de 2012 el Tribunal Constitucional fallara que las citadas piezas, repartidas entre el Museo Diocesano de Lérida y el MNAC, debían permanecer en Cataluña. La resolución del conflicto de competencias entre la Generalitat y la DGA, que se demoró trece años, supuso un jarro de agua fría para las aspiraciones aragonesas, pero ni el Ejecutivo ni el Consistorio monegrino estaban dispuestos a renunciar a la vuelta de estas obras y abrieron esta vía.


La suma de los tres contratos denunciados asciende a 49.855.000 pesetas de la época (casi 300.000 euros), aunque en realidad el valor de todo lo enajenado podría ser bastante más elevado. La primera compraventa, en 1983, afectó a 44 piezas por las que la Generalitat pagó 10 millones de pesetas (60.000 €) por una docena de bienes, y en 1992 desembolsó 25 millones (150.000 €). Dos años después, el MNAC adquirió otras 41 por 14.855.000 pesetas (89.100 €).


Tras numerosos incidentes planteados por los letrados catalanes –llegaron a pedir que el proceso se instruyera en su territorio– y la aportación de diversa documentación que ha resultado clave, en febrero se celebró el primer juicio en Aragón por los bienes retenidos.


Y la sentencia emitida ayer, que condena a los demandados a pagar las costas, no deja lugar a dudas. Frente a las pretensiones de la Generalitat y el MNAC –también se demandó a las sanjuanistas del monasterio barcelonés de Valldoreix, al que se trasladaron las monjas de Sijena– de que se desestimara la denuncia alegando que los bienes objeto de las compraventas no estaban incluidos en la declaración de Bien de Interés Cultural del monasterio, la juez aclara, como siempre ha defendido Aragón, que su catalogación como Monumento Histórico en 1923 "recayó sobre el inmueble con todas sus partes integrantes". Y resalta que precisamente el Estado tuvo que intervenir entonces para frenar las ventas del patrimonio artístico del cenobio que las monjas venían realizando para poder mantener el conjunto, y que generaron "alarma" entre las autoridades. De hecho, recuerda, no hubo más hasta las que son objeto de la demanda.


Privarlo de las obras enajenadas es, según la magistrada, "mutilar o desmontar" el monasterio, "minando de forma grave e irremediable el espléndido valor artístico que atesoraba". Y "tanto la Generalitat como las monjas sanjuanistas sabían que enajenaban un monumento nacional", añade, al tiempo que acusa a los implicados de "ocultar la voluntad de vender tanto al Ministerio de Cultura en 1983 como al Gobierno de Aragón en 1992 y 1994 cuando ya tenía las competencias". Por todo ello, estima que las operaciones "adolecen de un vicio de nulidad absoluta".


Pero estas no fueron las únicas irregularidades. De hecho, la juez determina que las ventas se hicieron a espaldas de sus propietarias. La documentación recabada deja claro que cuando las obras fueron trasladadas a Lérida y Barcelona en "depósito" al tener que marcharse de Sijena las monjas, se hizo constar por escrito que "ante una orden verbal" de la priora, Angelita Opi, "los objetos se devolverían al cenobio", lo que para la juez "constata la intención de las religiosas de reintegrar esos bienes".

Quedan más obras en litigio

Aun así, la priora de Valldoreix, donde se instalaron, decidió vender parte de las piezas por la "penuria económica" de su cenobio. En una de las escrituras, el obispo de Lérida, Ramón Malla, que medió, sostiene que solicitó permiso eclesiástico, pero ni siquiera aclara "de qué bienes se trataba". Además, la juez, que condena en costas a los demandados, considera probado que quien firmó las ventas no fue la priora de Sijena, sino la de Valldoreix, "sin jurisdicción sobre el monasterio de Sijena", independiente de los de su orden.


Pese a esta victoria, aún queda abierto otro proceso judicial en el que la DGA reclama la devolución de las pinturas de la sala capitular, retenidas también en el MNAC.