La rebaja impositiva anunciada por Montoro se refleja de modo desigual en las nóminas

Algunas empresas alegan falta de tiempo para adaptar las nuevas retenciones a los sueldos de los empleados

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en el Congreso de los Diputados.
La rebaja impositiva anunciada por Montoro se refleja de modo desigual en las nóminas
andrea comas/Reuters

El Gobierno se ha pasado los últimos meses presumiendo de que los contribuyentes notarían en sus bolsillos la rebaja de impuestos de la reforma fiscal. Según los cálculos del Ejecutivo, el impacto de la medida serán 9.000 millones brutos entre 2015 y 2016. En concreto, en el caso del IRPF –tributo en el que se produce la mayor rebaja–, la inyección alcanzará los 3.400 millones durante este ejercicio.


El propio secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, anunció hace unas semanas que los trabajadores ya percibieron 300 millones de euros más en las nóminas de enero con motivo de las menores retenciones en el IRPF. En función de en qué tramo se encuentren las retribuciones del trabajador, el aumento salarial habrá oscilado entre los 20 y 30 euros. Hasta aquí la teoría. Sin embargo, en la práctica algunos empleados no han notado cambio alguno en sus remuneraciones con respecto al año anterior. ¿Qué ha pasado?


Para empezar, hay que señalar que no todos los trabajadores iban a disfrutar de una rebaja impositiva en el IRPF a pesar de las grandes cifras ofrecidas por el Gobierno. Por ejemplo, aquellas personas con un contrato temporal inferior a un año y que cobren menos de 12.000 euros mantendrán las mismas retenciones (2%). Tampoco hay variación en el caso de un contrato indefinido con una remuneración menor a 12.000 euros, que es la renta mínima para realizar retenciones establecida en la reforma fiscal a pesar de que el 97% de estos contribuyentes ya estaban exentos.


Pero al margen de estas situaciones hay trabajadores –en un número muy limitado– a los que, pese a corresponderles una menor retención en aplicación de los nuevos tipos, la empresa no se lo ha practicado. "Normalmente las empresas tienen un programa informático que calcula las nóminas. Si no se han actualizado con los nuevos tramos impositivos realiza mal los cálculos", asegura Jordi Altafaja, responsable del área laboral y Seguridad Social en Pich Abogados y Economistas. El problema radica en que el reglamento sobre el IRPF que determina los tipos de retenciones y cambios en el gravamen se aprobó en diciembre y algunas empresas alegan no haber tenido tiempo suficiente para adaptar su software informático y aplicar los cambios en las nóminas de sus empleados.


Según Altafaja, estos problemas en la retención pueden ocurrir con más frecuencia en los sueldos que tienen variables. "Cuando hay cambios en las tablas, si hay conceptos en la remuneración por objetivos o similares puede haber más problemas en los ajustes", asegura este experto, que insiste en que este tipo de discrepancias son minoritarias. En cualquier caso, si ocurre algo de esto lo normal es que el problema se solucione por la propia empresa en la siguiente nómina. Y es que las compañías no ganan nada con aplicar una retención mayor de la que corresponde dado que la diferencia será abonada a Hacienda. Por tanto, lo habitual es que en la nómina de febrero se aplique la rebaja correspondiente y, además, se compense la que no se aplicó en enero.

Denuncia

Es por eso por lo que la Agencia Tributaria recomienda como primera medida que el trabajador ponga el error de la retención en conocimiento de la empresa, a través del departamento de Recursos Humanos. Además, desde la Agencia recuerdan que en su página web hay una calculadora en la que se puede comprobar el sueldo en función de las nuevos tipos que recoge la reforma fiscal. También insisten en la importancia de que los trabajadores informen a su empresa de cualquier cambio en la situación familiar que pudieran afectar a su tributación.


Si la empresa no soluciona el problema siempre queda la opción de denunciarla ante la Agencia Tributaria. Si finalmente el fallo da la razón al trabajador, este tendrá una mayor devolución cuando liquide el IRPF en su declaración. Otra cosa es que la empresa haga retenciones inferiores de las reglamentadas. En ese caso, la Agencia puede imponer sanciones y exigir intereses de demora por la cuantía adeudada.