Tres años y siete meses de cárcel por un robo de papel higiénico y lejía

El ladrón metió en una bolsa los enseres de valor que halló en una casa para apropiárselos pero se confundió y cogió otra con productos de limpieza.

Raúl Giménez Martín ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Zaragoza a una pena de tres años y siete meses de prisión por un robo en casa habitada. El fiscal pedía para él seis años de cárcel por ser multirreincidente, pero el tribunal ha tenido en cuenta el exiguo valor del botín que se llevó y que el inquilino no residía en el piso de forma permanente, para ser benévolo con el acusado y fijar una condena bastante menor que la solicitada por la Fiscalía.


Todas las pruebas apuntaban contra él: delincuente habitual, se cortó cuando rompió el cristal del balcón por el que accedió a la vivienda y dejó un rastro de sangre que sirvió para obtener su ADN, que estaba en los archivos policiales.


El robo lo cometió en una hora no determinada entre los días 17 y el 19 de noviembre de 2013, en un piso de la calle del Temple. El ladrón trepó por la fachada, alcanzó un balcón y rompió un cristal para abrir la puerta y entrar en la vivienda. Una vez dentro se apoderó de diversos objetos como una ‘play station’ con diversos juegos, un radiocasette, un calefactor y unas zapatillas de marca Adidas que metió en una bolsa. Sin embargo, a la hora de llevársela y probablemente porque estaba influido bien por las drogas o por el alcohol, se confundió y cogió otra distinta que contenía distintos productos de limpieza, como lejía y papel higiénico.


Durante la vista oral, el propietario de estos artículos e inquilino del piso renunció a ser indemnizado y el acusado le pidió perdón tanto a él como al dueño de la vivienda, que sí que reclamó los 245,50 euros que le costó reparar el cristal y los daños que causó.


Al romper el cristal de la ventana, Raúl Giménez se cortó y fue manchando de gotas de sangre toda las dependencias de la casa mientras la registraba. Su inquilino la encontró toda revuelta y con signos evidentes de que le habían robado.


El delito de robo se ve agravado cuando se comete en una casa habitada, entendiendo como tal la que constituya morada de una o más personas, aunque accidentalmente se encuentren ausentes de ella cuando el robo tenga lugar. En este caso, el perjudicado reside en Casetas y el piso de la calle del Temple lo ocupaba durante los fines de semana. Por este motivo y teniendo en cuenta el escaso valor de los bienes sustraídos, el tribunal de la Sección Tercera opta no elevar la pena en un grado pero sí imponerla en su mitad superior, dejándola en tres años y siete meses.