La juez anula el cese de la exinterventora de la DPZ y ordena reponerla en su puesto
La sentencia, que es recurrible, se basa en que la Diputación no expuso los motivos de la destitución. No entra a valorar si se apartó a la funcionaria porque su labor incomodaba
El fallo establece que el decreto por el que Santafé fue cesada debería haber enumerado las razones de esta decisión, ya que solo de esta forma se puede establecer si la destitución fue ajustada a derecho si no se explican los motivos, no se puede saber si son legales.
Ahora, la DPZ tiene 15 días para impugnar la sentencia, cosa que es muy probable que suceda. Si por el contrario acata la decisión de la juez, Santafé tendrá que ser repuesta en el cargo de interventora general de la Diputación, puesto que desde el pasado mes de enero está ocupado por el hasta entonces tesorero, Luis López-Montoto.
Beamonte también puede aceptar el fallo para a continuación volver a destituir a Santafé, pero en ese caso el decreto de cese tendrá que motivar debidamente la decisión permitiendo esta vez sí que la afectada conozca cuáles son los argumentos utilizados y que los recurra si considera que no son ciertos o no se ajustan a derecho. En cualquier caso, esas razones no podrán ser políticas, sino que deberán estar relacionadas con la aptitud profesional de la funcionaria.
Santafé fue nombrada interventora general de la DPZ en 1997, cuando la institución provincial estaba en manos del popular José Ignacio Senao. Se mantuvo en el puesto durante los tres mandatos del socialista Javier Lambán y también los dos primeros años de Beamonte. Sin embargo, en agosto de 2013, en vísperas del puente de la Asunción, Beamonte anunció su cese alegando "falta de sintonía", "cuestiones de funcionamiento interno de la casa" y "enfrentamientos y tensiones entre distintos departamentos".
Eso es lo que hizo la DPZ en el caso de Santafé: destituirla sin dar ningún argumento. Sin embargo, el Consejo General de Secretarios, Interventores y Tesoreros y la propia afectada decidieron recurrir ese acto administrativo por considerar que la jurisprudencia ha establecido la obligación de motivar estos ceses para evitar que la discrecionalidad que permite la ley se convierta en arbitrariedad.
Además, en el recurso la interventora defendió que su cese se debió a que su labor incomodaba. De hecho, lo vinculó a cuestiones como el aumento en el número de reparos planteados al equipo de gobierno de 4 en todo el año 2011 se pasó a 27 en la primera mitad de 2013, las reticencias que opuso a una ayuda directa de 600.000 euros para la ONG bilbilitana Amibil o las reclamaciones que hizo para que la Diputación aprobase un plan estratégico de subvenciones. Por eso su letrado sostuvo que la destitución incurrió en desviación de poder vicio que consiste en aprovechar la legalidad formal de un acto administrativo para usarlo con fines distintos de los que prevé la legislación y además argumentó que se vulneraron los derechos fundamentales de la funcionaria.
Durante el juicio, el abogado de la Diputación insistió que no era necesario motivar el cese de Santafé. No obstante, también defendió que la actuación de la interventora había generado "inseguridad jurídica" y rechazó el argumento de que su labor incomodara.
La sentencia invoca la doctrina en la que el Tribunal Supremo fija que las potestades discrecionales "han de ser fiscalizables (...) motivando debidamente su ejercicio, lo que permitirá constatar la adecuación a derecho de la decisión tomada". Además, cita una sentencia del Constitucional para recordar que los cargos de libre designación no son personal de confianza y que, por tanto, su nombramiento y su cese han de ser motivados para garantizar que se puedan fiscalizar y que cumplen principios como los de la igualdad, el mérito y la capacidad. "La libertad legalmente reconocida para los nombramientos discrecionales no es absoluta sino que tiene unos límites", resume volviendo a citar al Supremo.