DELINCUENCIA

El abogado de El Solitario recurrirá la condena a 47 años cárcel por el asesinato de dos guardias civiles

Los asesinatos tuvieron lugar sobre las 18:00 horas del 9 de junio de 2004, cuando el todoterreno conducido por Giménez Arbe por la carretera N-113 (Los Abetos-Madrid), a la altura del cruce de Castejón fue interceptado por un coche de la Guardia Civil, a cuyos ocupantes disparó un total de 21 proyectiles.

El abogado de Jaime Giménez Arbe "El Solitario", Marcos García Montes, recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra, que le ha condenado a 47 años de cárcel por el asesinato de 2004, en la localidad navarra de Castejón, de dos guardias civiles.


Así lo ha anunciado el letrado en un comunicado de prensa, en el que explica que presentará recurso de casación ante la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo por considerar que se ha producido un "error en la apreciación de la prueba".


Ese será uno de los argumentos del recurso que planteará ante el Supremo ya que considera que "la única testigo" que reconoció a Giménez Arbe "sin dudas" en el juicio manifestó que lo hizo después de ver su cara en televisión tras su detención en Portugal y que además le vio horas de los hechos en un lugar muy distante de donde ocurrieron.


Además, el letrado considera que hay "abundante contradicción" en los testimonios de las personas que, tras los hechos, afirmaron en su mayoría que el vehículo era un Suzuki Vitara de color verde oscuro y que facilitaron una descripción de su ocupante distinta de la de "El Solitario".


Argumenta también que los registros de la vivienda de Majadahonda y de la nave de Pinto se realizaron sin presencia de sus titulares, la madre y la esposa del condenado, con lo que procedería su "nulidad", como también la pide respecto de la prueba del arma. García Montes señala que el arma fue entregada por la Policía portuguesa a la española "sin documento alguno que acredite que se encontraba en el Tribunal de Coimbra (Portugal)".


"El Solitario", que fue detenido en Portugal el 23 de julio de 2007, fue condenado este martes a veinte años de prisión por cada uno de los asesinatos y a siete años de cárcel por el delito de tenencia de armas de guerra. También se le condena al pago de dos indemnizaciones de 95.000 euros a los padres de los agentes y de 48.000 euros para la novia de Juan Antonio Palmero, con la que tenía previsto casarse en breve, así como de 24.285 euros al Estado por los daños que sufrió el coche patrulla.


En la sentencia se subraya que no hay duda alguna de la intención de matar de Giménez Arbe, tanto por el arma utilizada, calificada como "de guerra" y utilizada por el ejército americano en la Segunda Guerra Mundial, como por el hecho de que los disparos se hicieron a zonas vitales de los cuerpos de los agentes.

Con alevosía


También se considera que el ataque se perpetró con alevosía, ya que Giménez Arbe actuó "casi esperando a la patrulla" y de forma sorpresiva, sin dar opción de defensa a los agentes, que no llegaron ni a sacar sus armas reglamentarias de las fundas.


La sentencia señala que las pruebas contra Giménez Arbe son "indiciarias", aunque pueden "quebrar" el principio de presunción de inocencia de El Solitario.


En este sentido, hace referencia a los casquillos recogidos en Castejón, disparados con el misma subfusil que el usado en un atraco en Vall de Uxó (Castellón) en mayo de 2000, los testimonios recogidos en el juicio y los cuadernos de "fuga" elaborados por Giménez Arbe, uno de los cuales contenía un recorrido correspondiente a las inmediaciones de Castejón.


Por otro lado, se califica como "absolutamente rocambolesca" la versión dada en el juicio por El Solitario, en torno a la acción desplegada por un grupo terrorista corso, uno de cuyos miembros habría sido el autor del asesinato de los guardias civiles, de forma que el arma empleada se la habrían entregado al procesado después de cometerse los crímenes.


Según se indica en la sentencia, la afirmación de Giménez Arbe de que se encontraba en Zaragoza esperando la entrega de un Suzuki Vitara que venía en un camión y en cuyo interior había armas, entre ellas el subfusil, "se acomoda mal" con los horarios en los que el procesado fue visto por los testigos.


Además, agrega, no consta, según declaraciones policiales, la actuación en España de ningún grupo terrorista de origen corso.


Acerca de las pruebas psiquiátricas, que apuntan a que Giménez Arbe sufre un trastorno de la personalidad de tipo disocial, histriónico y paranoide, la sentencia concluye que no cabe circunstancia modificativa alguna, ya que no se ha demostrado que estos trastornos alteren las funciones cognoscitivas básicas, intelectivas y volitivas ni el juicio de la realidad del procesado.


La sentencia también determina las indemnizaciones por los "indudables daños morales" sufridos por los familiares y allegados de los agentes, aunque reconoce que "ninguna suma de dinero por alta que sea es capaz de resarcir" a los padres por la pérdida de los hijos ni a la mujer que "ha visto truncado su proyecto vital compartido con una de la víctimas y fundado en profundos lazos afectivos".