CAMBIO DE HORA

A las 3 serán otra vez las 2

A las 3 serán otra vez las 2
A las 3 serán otra vez las 2
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Como todos los años, tal como establece la normativa de la UE, durante la madrugada del último domingo de octubre, es decir, la próxima madrugada, los relojes se retrasarán una hora para favorecer el ahorro de energía y aumentar las horas de luz solar. A las 3.00 de mañana las manecillas del reloj deberán retrasarse 60 minutos hasta las 2.00, por lo que se dormirá una hora más. En Canarias, el retraso deberá realizarse a las 2.00.


El cambio de hora comenzó a generalizarse, aunque de manera desigual, a partir de 1974, cuando se produjo la primera crisis del petróleo y algunos países decidieron adelantar sus relojes para poder aprovechar mejor la luz del sol y consumir así menos electricidad en iluminación. Se aplica como directiva desde 1981 y ha sido renovada sucesivamente cada cuatro años.


Desde la aprobación de la novena directiva, por el Parlamento Europeo y Consejo de la Unión, en enero de 2001, que está incorporada al ordenamiento jurídico español, este cambio se aplica con carácter indefinido.


El carácter indefinido de la aplicación del cambio de hora se ha adoptado por entenderse que “el buen funcionamiento de algunos sectores, no solo el de los transportes y las comunicaciones, sino también otros ramos de la industria, requiere una programación estable a largo plazo”.


Consecuencias positivas

La novena directiva, de obligado cumplimiento para todos los países de la UE, establece con carácter permanente las fechas de inicio del periodo de la hora de verano (en el que adelantamos el reloj una hora) y su finalización (cuando, como ahora, retrasamos el reloj una hora), que tienen lugar el último domingo del mes de marzo y el último domingo del mes de octubre, respectivamente.


Es decir, la novena directiva ha sido dictada con vocación de permanencia, de modo que todos los ciudadanos e instituciones, públicas y privadas, de la Unión conozcan anticipadamente las fechas del cambio horario anual y planificar su actividad sin necesidad de esperar ninguna norma futura.


La aprobación de la novena directiva está avalada por las conclusiones de un estudio sobre su alcance y efectos realizado por encargo de la Comisión Europea y presentado al Parlamento en 1999. El estudio concluye que tiene impactos positivos no solo sobre el ahorro, sino sobre otros sectores como el transporte, las comunicaciones, la seguridad vial, las condiciones de trabajo y los modos de vida, la salud, el turismo o el ocio.


Según estimaciones del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), el potencial de ahorro en iluminación en nuestro país puede llegar a representar un 5% del consumo eléctrico en iluminación, equivalente a unos 300 millones de euros. De esa cantidad, 90 millones corresponderían al potencial de los hogares españoles, lo que supone un ahorro de seis euros por hogar, mientras que los otros 210 millones de euros restantes se ahorrarían en los edificios del sector servicios y en la industria.


El IDEA considera estas cifras potenciales; es decir, que para alcanzarlas es necesario un comportamiento racional en el hogar a la hora de prescindir de la iluminación artificial cuando no es necesaria, así como la utilización de tecnologías de ahorro en iluminación por aprovechamiento de la luz natural en edificios del sector servicios e industrias.