Bulos y verdades de la nueva 'ley de bienestar animal'

¿Protege a las cucarachas? ¿Prisión por matar ratas? ¿Hace peligrar a las especies protegidas? ¿Legaliza la zoofilia? ¿No se puede erradicar una plaga?

Foto de recurso de un roedor
Foto de recurso de un roedor
Pixabay

La 'Ley de bienestar animal' refuerza medidas como no matar ni mutilar a los animales, dejarlos atados en espacios públicos sin supervisión o comerse a las especies de compañía. Aprobada en el Congreso y a la espera de su tramitación en el Senado incluye también modificaciones en el Código Penal. Aun cuando su redacción ha sido enmendada a partir de las quejas públicas de los científicos, se desconoce con qué entidades animalistas, de investigación o veterinarias se reunió el Ministerio de la Agenda 2030. Es un dato que se ha ocultado incluso en requerimientos parlamentarios. "La ley es un laberinto en el que muchas de sus normas no serán traducibles a actuaciones reales", afirma Miguel Clavero, investigador de la Estación Biológica de Doñana y del Centro Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), que encabezó las protestas de unos 800 científicos españoles contra el anteproyecto en 2022. 

"La ley es un laberinto en el que muchas de sus normas no serán traducibles a actuaciones reales"

Bulos y verdades sobre lo que contiene la ley:

BULO: multas por matar cucarachas.

En una de las redacciones iniciales de la ley se protegía al "animal urbano" en cuya definición cabían cualquier especie que viviera en una ciudad o pueblo, incluyendo insectos. Ahora solo son vertebrados, según la última versión del 15 de febrero se acota su alcance.

VERDADERO: prisión por matar ratas

Se protege a las "especies sinantrópicas" en los núcleos urbanos, una categoría en la que se cuelan las ratas y los ratones. La muerte de un "vertebrado" se puede sancionar con 6 a 18 meses de prisión. Solo se permite golpearlo sin hacerle daño. Los humanos se podrían librar si demuestran en el proceso judicial que actuaron en defensa propia o por miedo insuperable. En todo caso, sí llegaría a juicio matar un roedor en casa.

VERDADERO: psicología animal

La ley explicita que se prohíbe dar a un animal un trato que le pueda causar "daños psicológicos". El perro además debe hacer con su dueño un "test" que certifique que puede "desenvolverse en el ámbito social". Los propietarios también tendrán que pasar un curso gratuito de tenencia, una sola vez. Se desconoce su contenido ni quiénes lo impartirán.

BULO: afectará la economía

Los "animales de producción", que son los destinados principalmente a la alimentación, ni los que se crían para experimentos científicos entran en la protección de la nueva norma. Tampoco los animales, como toros o caballos, que participan en espectáculos taurinos, ni los silvestres ni los perros de caza.

VERDADERO: techo para perros

Los albergues, refugios o centros asistenciales para personas indigentes u otras en riesgo de exclusión social, personas sin hogar o víctimas de violencia de género estarán obligados a alojarlos con sus animales.

BULO: permite la zoofilia

Al contrario, por primera vez contemplan sanciones si en el acto sexual con el animal "vertebrado" (que nunca ha estado penado en España) se le hiere de tal forma que necesite atención veterinaria.

BULO: impunidad a las plagas

Se pueden erradicar pero en caso de "fauna urbana"se obliga a las administraciones al "control poblacional no letal (...) garantizando los derechos de los animales". El exterminio de otros animales, como los insectos, no podrá realizarse con veneno ni explosivos. Se podrán combatir las plagas pero sólo contratando "profesionales".

VERDADERO: lo que los menores no pueden ver

Si hay un menor presente cuando se mate un animal, cuyo maltrato o daño esté penado en la ley, será una agravante después de la modificación del Código Penal.

BULO: esterilización obligatoria

La ley busca fomentar la esterilización de los animales de compañía y plantea invertir en "campañas". Lo hace obligatorio para los gatos de las colonias y los adoptados, pero no señala explícitamente que los perros o gatos comprados a criadores deban ser operados, aun cuando no se permitirá su reproducción.

VERDADERO: protección especial del gato callejero

A pesar de los esfuerzos de los científicos, el gato goza de una especial legislación, con uno de los ocho capítulos dedicados por completo a esta especie, sobre todo cuando está asilvestrada y vive en colonias. Para su control solo se permite la esterilización. "Las colonias de gatos eran una línea roja que se ha mantenido desde el principio hasta el final y no ha tenido ningún cambio", señala Clavero. "La protección absoluta a todos los gatos, aunque críen en el campo, va a dificultar la solución de un problema ambiental que es serio y muy grave".

VERDADERO: más peligro para especies protegidas

El rango especial para el gato asilvestrado puede ser "letal" para especies protegidas y autóctonas, sobre todo en territorios como Canarias y Baleares, refiere Clavero. Las especies protegidas sólo se mencionan estas especies dos veces, para indicar que no se incluirán en el listado de animales de compañía.

BULO: no se podrá entrenar perros guías

Además de los perros de caza, quedan fuera de la ley los perros de "asistencia", que tienen su propia normativa, como los guía, los de terapia y los de rescate. Tampoco afecta a los pastores o de guarda. Pero no "podrán usarse en actividades profesionales hasta haber cumplido 18 meses de edad".

BULO: no se venderán animales en tiendas

La prohibición se extiende a perros, gatos y hurones. No indica nada para peces, anfibios, reptiles y otros mamíferos como hámsters, aunque sí señala que deben ser "criados en cautividad" y estar en el "listado positivo". Los criadores deben inscribirse en un registro.

VERDADERO: tres días sin dueños

Cualquier animal de compañía, excepto el perro, podrá estar 72 horas seguidas sin supervisión ni dueño, aunque sea un ave en una jaula. "En el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a 24 horas consecutivas".

VERDADERO: lío de tipos de animales

Los animales pueden ser "domésticos", "silvestres", "silvestres en cautividad", "abandonado", "desamparado", "extraviado", "identificado", "asistenciales", "de producción", "utilizado en actividades profesionales" o perteneciente a la "fauna urbana"; "comunitario" o "merodeador", entre otros conceptos que a veces se solapan o contrarían, según los expertos. Todos son, no obstante, "seres sintientes".

BULO: vía libre para mascotas exóticas

Se desconoce qué entra en el "listado positivo" de animales de compañía pero sí lo que se excluye: las especies invasoras y exóticas, en las que entran reptiles, mamíferos o aves de origen foráneo. Los dueños que ya las tienen deberán declararlo.

VERDADERO: grandes sanciones

Los científicos consideran que la ley es "punitivista en exceso". Además de la prisión entre seis y 18 meses por matar animales vertebrados, las sanciones pueden alcanzar los 200.000 euros por sacrificios incluso asistidos, entrenarlos para pelear, comer animales de compañía o matar gatos comunitarios, que son consideradas infracciones muy graves. Las graves se saldan con multas de entre 10.000 y 50.000 euros por no identificar al animal, darle sustancias que alteren su comportamiento sin prescripción, retirar gatos comunitarios, no denunciar una pérdida o dejar a las mascotas en balcones, sótanos y otros lugares inadecuados. Las demás serán infracciones leves con multas de 500 a 10.000 euros.

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