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Coparentalidad: ser padres sin ser pareja

Este concepto, muy desarrollado en países anglosajones y que en España es cada vez más conocido, implica compartir derechos y responsabilidades sobre los hijos, separando la relación entre los progenitores de la concepción y la crianza.

Coparentalidad, ser padres sin ser pareja.
Coparentalidad, ser padres sin ser pareja.
Víctor Meneses

Pónganse en situación. Una mujer, llamémosla Elisa, casi acabando la treintena, vive volcada en su trabajo, con jornadas larguísimas y poco margen para el ocio, y sin pareja estable. Desea tener un hijo y no descarta ser madre soltera, pero el tiempo apremia y busca entre las soluciones más comunes (inseminación, adopción) la que mejor se adapte a lo que ella quiere.

Un hombre, digamos que Diego, homosexual también treintañero, con pareja estable y que anhela ser padre pero se encuentra con la oposición de su novio, que no se siente preparado para dar ese paso. Y también busca soluciones. Y en esa búsqueda, ambos, Elisa y Diego, coinciden un día en una página web de coparentalidad que puede satisfacer sus necesidades. Y la idea de compartir un futuro hijo para que éste tenga dos referentes, paterno y materno, y el hecho de poder hacer frente entre los dos a los gastos que conlleva toda crianza, y al tiempo dedicado a la misma sin renunciar al resto de parcelas de sus vidas, les resulta muy interesante. Y comienzan a hablar, a perfilar las opciones, a soñar con un hijo en común.

Pero, ¿coparentalidad? Sí, la alianza de dos personas que quieren tener un hijo pero no mantienen una relación de pareja. Un concepto bastante extendido en países anglosajones o Francia y cada vez más en España, donde ya hay varias páginas web en las que es posible ser padre o madre tan solo buscando a la persona idónea, que está en la misma situación, y ‘hacer match’ con él o ella para conseguir ese deseo común: tener un hijo. De esta forma, la coparentalidad implica compartir derechos y responsabilidades del padre y la madre sobre los hijos, separando la relación matrimonial o de pareja de la concepción y la crianza.

El objetivo no es crear relaciones sentimentales

Una de estás páginas web es Copaping, y detrás de ella está David Reyes, su fundador en septiembre de 2021. Para él, el objetivo del portal no es crear relaciones sentimentales, que para eso ya hay otras opciones, sino “permitir contactar a personas que desean convertirse en padres o madres para empezar un proyecto común de coparentalidad”. A su juicio, más allá de las estructuras normativas, basadas en la afirmación de que para crear una familia hay que tener una pareja estable, “el amor hace familia”. “No hay mayor acto de amor que querer tener un hijo, son niños muy deseados y muy amados”, asegura Reyes, adelantándose a quien pueda criticar la coparentalidad como una manera de traer niños al mundo fría, aséptica y falta de todo sentimiento afectivo.

"No hay mayor acto de amor que querer tener un hijo, son niños muy deseados y muy amados"

El registro en la página es gratuito y permite crear un perfil con una descripción, buscar a otros usuarios por diferentes características y chatear con ellos de forma ilimitada previo pago de 15 euros al mes, aunque el portal concede unos días de cortesía antes de cobrar. Sobre todo, hay inscritas mujeres heterosexuales solas, aunque no es necesario reflejar la orientación sexual en el cuestionario previo. También hay muchos homosexuales, tanto hombres como mujeres. Lo que menos, hombres heterosexuales solos. 

Y es que esta alternativa al modelo de familia clásico se puede hacer realidad a partir de múltiples opciones: una pareja de mujeres y un hombre, si una de las mujeres decide gestar; una mujer y un hombre, parejas de dos mujeres y dos hombres, dos hombres, dos mujeres, transexuales, personas no binarias, etc. “La coparentalidad es una puerta abierta al colectivo LGTBI, que ha visto en este concepto una oportunidad, otra más, para acceder a la paternidad o maternidad que hasta ahora nos quedaba lejos”, se alegra David Reyes, que aprovecha para recalcar que la coparentalidad no es una maternidad subrogada, lo que se conoce como ‘vientre de alquiler’, supuesto no contemplado en el ordenamiento jurídico español. 

De entrada, desde Copaping aconsejan a los interesados hablar del tema en profundidad para explorar posibles puntos en común, criterios de crianza compatibles, si la previsión es vivir cerca o si se prevé algún cambio de residencia, etcétera. Para Reyes, esta etapa es crucial para percibir si el proyecto de coparentalidad reúne las condiciones para avanzar con claridad. También se define cómo se quiere llegar al embarazo de la mujer, si a través de la inseminación artificial, la fecundación in vitro, con o sin donación de gametos (semen, óvulos o ambos)... ¿Todo fluye? ¡Adelante!

Un acuerdo legar con todos los detalles

Pero un proyecto tan importante merece estar bien concebido, nunca mejor dicho. Por ello, para proteger los derechos de los copadres y sus futuros bebés y evitar posibles conflictos más adelante, es necesario ser responsable: es la parte en la que hay que pactar lo más al detalle posible cómo se va a llevar a cabo la coparentalidad y reflejar lo pactado en un contrato legal. No es fácil, hay que resolver muchas cuestiones que no se pueden dejar a la improvisación. El colegio al que irá el menor, el tipo de educación que recibirá, su confesión religiosa o la ausencia de ella, las vacunas y demás tratamientos médicos a los que será sometido, si tendrá o no mascota, si llevará aparato dental en caso de ser necesario, qué tipo de visitas familiares recibirá el menor y cómo y de cuánto tiempo serán, sobre todo en el caso de que uno de los padres tenga poca familia y la del otro sea muy extensa… Todo un rosario de circunstancias que hacen imprescindible que estas personas tengan una intensa asesoría legal que les haga ver muy claras las consecuencias de su decisión, y sobre todo que les permita interiorizar que la misma solo les incumbe a ellos como principales implicados, porque después todo el mundo querrá opinar al respecto.

“En realidad, muchas de las cosas que hacemos habitualmente son contratos, desde el matrimonio hasta la compra del pan”, explica Ana Miramontes, abogada de familia con más de dos décadas de experiencia en temas de protección a la infancia y adopciones. Para ella, la coparentalidad es relativamente fácil de pactar porque falta el elemento de la relación personal monógama y de compromiso, pero los dos implicados tienen el firme propósito de llevar a cabo su propósito de tener un hijo. “Si un hombre y una mujer tienen una relación sexual esporádica y de resultas a la misma ella se queda embarazada, también tienen que regular la situación porque el bebé es un sujeto de derecho y los dos padres tienen responsabilidades y derechos sobre él, aunque su relación afectiva no vaya más allá. Pues lo mismo pasa si ya de origen no hay vínculos: hay que configurar el futuro de esa situación”, señala la abogada.

¿Y si hay terceras personas implicadas?

Pero, ¿qué pasa si existen terceras personas en este proyecto? ¿Cuál es el papel en la historia que le toca a la pareja de Diego, el ejemplo reflejado al principio de este reportaje? En la actualidad, el ordenamiento jurídico español no registra la coparentalidad múltiple: la ley solo permite que dos personas ejerzan la patria potestad sobre un menor, por lo que siempre habrá una persona que quede desprotegida porque no va a ser reconocida legalmente como progenitor, y dependerá de lo que se pacte previamente. Es verdad que ese acuerdo se tiene en cuenta y, si no hay nada en contra, se respeta. Pero si la pareja de uno de los progenitores se rompe, el que ha ejercido de padre o de madre pero no tiene filiación podría pedir un régimen de visitas con ese niño porque el derecho de visitas es del menor, y lo normal es que el menor vaya a querer ver a esa persona que le ha criado.

“En caso de discrepancias, el que decide es el juez, y también hay que escuchar al Ministerio Fiscal, porque hay menores implicados. Da igual lo que se haya acordado: los jueces no pueden inventarse las leyes, solo interpretarlas. Así que si la tercera persona recurre su situación, serán ellos quienes resuelvan los conflictos. Además, el interés del menor prevalece siempre”, ilustra Ana Miramontes. En cualquier caso, David Reyes explica que ya han pedido a la ministra de Derechos Sociales Ione Belarra que la nueva Ley de Familias proteja a estas terceras personas, y ahora están a la espera de ver cómo se refleja esta cuestión en la redacción final de la norma.

Los incumplimientos contractuales están ahí, forman parte de la esencia del ser humano; por eso hay que tenerlo todo muy pactado"

En realidad, según insisten tanto Reyes como Miramontes, el niño fruto de una coparentalidad no tiene porqué tener ningún problema mientras sus progenitores asuman su compromiso y se atengan al acuerdo firmado, por lo que el menor se criará exactamente igual que cualquier otro fruto de una pareja convencional separada pero bien avenida. “Pero los incumplimientos contractuales están ahí, forman parte de la esencia del ser humano; por eso hay que tenerlo todo muy pactado y meditado de antemano”, afirma la abogada. “Hay personas que se echan para atrás en mitad del proceso precisamente por la complejidad y el nivel de compromiso inherente al mismo”, remacha Reyes.

Copaping, la página desarrollada por este catalán de 42 años, padre soltero de una niña concebida por fecundación in vitro y que también quiere probar la coparentalidad, tiene previsto ofrecer contactos con abogados o médicos que puedan ayudar y asesorar a los interesados. “De hecho, cada vez que salimos en los medios nos llaman profesionales que quieren formar parte de la plataforma, así que todo el proyecto está en continuo crecimiento”, revela David.

Internet ha propiciado nuevas formas de relacionarse, e incluso de entender la paternidad y las relaciones de pareja.

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