seguridad vial

No llevar el soporte de móvil adecuado en el coche conlleva multa: estos son los recomendados

La nueva Ley de Tráfico endurece las sanciones por el mal uso de los soportes manos libres para el móvil o GPS.

No llevar un soporte de móvil que esté homologado puede conllevar una sanción económica.
No llevar un soporte de móvil que esté homologado puede conllevar una sanción económica.
Piqsels

Continúan las dudas entre lo que sí que es sancionable al volante y lo que no desde que entró en vigor, el 21 de marzo, la nueva Ley de Tráfico. Cambios en la retirada de puntos del carné según la infracción, adelantamientos que reducen la velocidad máxima permitida y una de las que más controversias genera: el uso del móvil, dispositivo que ahora solo con llevar en la mano conlleva una multa de 200 euros y seis puntos menos en el permiso de conducción.

Una situación que también implica su manipulación en el caso de que este haga las veces de GPS si está colocado en soportes adaptados para ello. De hecho, desde que entraron en vigor las modificaciones a la ley de Tráfico, quedaron fuera aquellos apoyos para el teléfono que se sujetan mediante una ventosa al cristal del parabrisas, puesto que "entorpecen el área de visión del conductor o la atención permanente a la carretera", apuntan desde la DGT.  Su uso puede acarrear una multa de 100 euros y la pérdida de hasta seis puntos en el carné de conducir

Estos son los soportes de móvil permitidos

Los únicos soportes que deben estar siempre homologados y que sí acepta la DGT como opciones válidas para colocar el teléfono o el GPS son aquellos que se colocan por debajo de la zona de visión del conductor

Desde la DGT recuerdan que en el caso de ser necesario el uso del teléfono, "el conductor debe parar en un lugar adecuado, realizar las llamadas u operaciones oportunas con el móvil y, una vez finalizadas, reanudar la conducción, puesto que durante la misma solo se puede utilizar el manos libres o 'bluetooth', incluso si el vehículo está detenido en una retención". 

De la misma manera, la utilización o manipulación de navegadores, pantallas de acceso a internet, reproductores de vídeo o DVD durante la conducción también está prohibido por el Código de Circulación y está sancionado con la pérdida de tres puntos del carnet de conducir.

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