¿Conoces los derechos que tienes como consumidor en las estaciones de esquí?

Al igual que ocurre en el resto de sectores del mercado, los centros invernales deben cumplir con una serie de obligaciones de cara a los usuarios.

Conocer los derechos que se tienen como consumidor es muy útil ante cualquier incidencia que pueda ocurrir en las estaciones de esquí.
Conocer los derechos que se tienen como consumidor es muy útil ante cualquier incidencia que pueda ocurrir en las estaciones de esquí.

La temporada de esquí ya está aquí y, con ella, la afluencia de multitud de aficionados a las diferentes estaciones, que hasta el próximo mes de abril se convierten en lugares de peregrinaje ineludibles para los amantes del deporte blanco. Unos establecimientos que, al igual que ocurre en el resto de sectores del mercado, deben cumplir con una serie de obligaciones de cara a los usuarios.

En este sentido, siempre es útil conocer los derechos que se tienen como consumidor ante cualquier posible incidencia que pueda ocurrir. Pero es preciso tener en cuenta que los esquiadores también tienen responsabilidades en estos espacios. Por ejemplo, aquellos que decidan esquiar en la zona fuera de pistas deben saber que, según el reglamento, lo estarán haciendo asumiendo su propio riesgo, aunque hayan accedido a dichas áreas desde alguno de los remontes de la estación. Asimismo, si escogen una pendiente mayor que la de su nivel de esquí y tiene lugar un accidente pueden meterse en un problema grave y tener que pagar los daños ocasionados a terceros.

En lo que se refiere al papel de los centros invernales, estos están obligados, en primer lugar, a que todas sus instalaciones estén balizadas, señalizadas y en perfecto estado de uso por parte de los esquiadores, además de a tener que dotar de unos servicios de control y de socorro tanto a las pistas como a los enlaces con las mismas. También han de avisar del peligro que supone esquiar fuera de pistas y facilitar información genérica sobre el riesgo de avalanchas, de acuerdo con la información proporcionada por los centros meteorológicos oficiales.

En caso de que se den cambios meteorológicos considerables que influyan en las condiciones de seguridad necesarias, las estaciones deberán cerrar las pistas afectadas. Si el esquiador sufre daños y perjuicios durante la utilización de los servicios o los productos contratados, siempre que esa responsabilidad sea imputable al centro invernal (accidentes en las instalaciones, utilización de productos defectuosos alquilados o adquiridos, etc.) este deberá asumir los gastos generados.

Desde la Unión de Consumidores de Aragón (UCA) destacan a este respecto cuestiones como que las condiciones de los contratos que presenten este tipo de emplazamientos deben ser claras y comprensibles, que no pueden contener cláusulas abusivas o que la publicidad de los folletos es vinculante, de forma que la empresa correspondiente tiene que respetarla (un ejemplo de este engaño sería vender un forfait sin avisar de que la mitad de la estación está cerrada por alguna causa, lo que constituiría).

Además de disponer de hojas de reclamaciones, los centros invernales deben tener contratado un seguro de responsabilidad civil, que cubre al esquiador ante cualquier accidente provocado por falta de seguridad o de información, y el forfait que vendan debe llevar incluido el seguro obligatorio de viajeros (SOV). En el caso de que se produzca un accidente en telesillas, telearrastres o telecabinas debido a un mal funcionamiento, el SOV obliga a la estación a indemnizar al esquiador por daños.

Por último y aparte de estos seguros obligatorios, el esquiador puede contratar voluntariamente un seguro de accidentes, que cubre los gastos (moto de nieve, ambulancia, traslado a hospital, helicóptero…) que se derivan de atender un percance que no sea responsabilidad de la estación.

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