Discrepancias

El caso de la enseñanza de la religión en las escuelas nos muestra que en el seno de la sociedad española existen discrepancias ideológicas profundas que no parece posible superar. Debemos aprender a convivir manteniendo esas diferencias.

Discrepancias
Discrepancias

En tiempos de sacralización de los consensos, la reciente sentencia del Tribunal Constitucional sobre la Lomce (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa) pone en evidencia la enorme discrepancia que todavía hoy existe en España acerca de la importancia que ha de tener la religión en la enseñanza.

La Constitución española de 1978 estableció la obligación de que los poderes públicos insertaran la enseñanza religiosa en los centros docentes. De oferta, por tanto, obligatoria, aunque su elección sea optativa. A partir de ahí las opciones eran múltiples. Que se impartiera fuera del horario escolar y no se incorporara a los planes de estudio como asignatura. Que se incorporara como asignatura en los planes de estudio, pero no fuera evaluable como las demás. Que se incorporara como asignatura evaluable, pero sin computar para el acceso a estudios o becas. O, incluso, que fuera asignatura evaluable y que su calificación computara para, por ejemplo, el acceso a la universidad o la concesión de becas.

No obstante, el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, firmado en la Ciudad del Vaticano el 3 de enero de 1979, redujo estas opciones al establecer la obligación de ofertar la enseñanza de la religión católica "en todos los centros de educación" como una asignatura "en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales". Es decir, a raíz de este Acuerdo la religión se tiene que impartir como asignatura evaluable.

Dentro de este marco, las sucesivas leyes educativas no han hecho sino evidenciar la existencia todavía de una discrepancia ideológica acerca de la importancia de la religión en la escuela. Las regulaciones socialistas han optado por tratar de reducir su carga lectiva, hacer que esta asignatura no compute para acceder a estudios o para las becas o confeccionar una alternativa no evaluable –y, así, más atractiva–. Así, recientemente, la Junta de Extremadura, socialista, redujo a una hora semanal la enseñanza de la religión en la ESO y el Bachillerato, lo cual ha sido avalado por el Tribunal Supremo en marzo de 2018.

Incluso, también recientemente, el Gobierno socialista de Aragón, además de reducir la carga docente de la religión en Primaria y Secundaria –lo cual fue avalado por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en julio de 2017–, trató de que se impartiera fuera del horario lectivo en segundo de Bachillerato, lo cual le costó la anulación de la decisión por sentencia del Tribunal Superior de julio de 2017, aunque las sentencias del Tribunal Supremo de marzo de 2018 avalan la posibilidad de no incluir la religión en este curso siempre que se justifique debidamente.

Frente a las regulaciones que tratan de reducir el peso de la religión, la actual Lomce, aprobada en solitario por el PP, hace de la religión una asignatura no solo evaluable, sino que, además, computa para fijar la media del expediente y, así, cuenta para el acceso a la universidad y para la obtención de becas, lo cual ha sido declarado conforme a derecho este mes de abril por nuestro Tribunal Constitucional.

La enseñanza de la religión en la escuela es un claro ejemplo de discrepancia ideológica que mantenemos hoy los españoles. Frente a esta discrepancia, de consenso imposible, no queda otra que aceptarla y respetarla. La democracia es la organización pública de las discrepancias y el diálogo no puede resolver todos los conflictos ideológicos. El desacuerdo moral y político es una situación con la que tenemos que convivir, no solo un obstáculo que debamos superar.

Quizás vivir en democracia consista precisamente en no pedir tantos consensos, sino en respetar más la discrepancia. Y si las mayorías cambian, se cambia la regulación. Y punto.

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