¿Se acerca el fin de los grupos de Whatsapp?

Incluir a un usuario en un chat sin su permiso puede ocasionar multas desde 40.000 a 300.000 euros.

'WhatsApp' permitirá realizar transferencias entre usuarios.
Esta sentencia establece como infracción grave la inclusión de un usuario a un grupo de Whatsapp sin su consentimiento.
Pixabay

Padres del colegio, antiguos compañeros de clase, la peña o incluso de la comunidad de vecinos. Todo el mundo tiene un grupo de Whatsapp en el que permanece casi por compromiso y que ha acabado silenciando después de cientos de mensajes sin leer o de tener la galería llena de vídeos, imágenes y ‘memes’ sin sentido.

Estos grandes grupos en masa pueden llegar a su fin tras la última resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Esta sentencia establece como infracción grave la inclusión de un usuario a un grupo de Whatsapp sin su consentimiento. Un delito contra la privacidad que estará sancionado con multas que abarcan desde los 40.000 hasta los 300.000 euros.

Un problema por el que ya se han tomado medidas legales, al surgir diversas denuncias de usuarios que fueron agregados a chats de colegios, ayuntamientos o asociaciones sin su aprobación. Aunque, sin duda, la querella más mediática fue la  protagonizada por un concejal de Boecillo, en Valladolid, que incorporó a 255 vecinos a un grupo de información vecinal, con el consentimiento verbal de solo 37 de ellos. Todo un escándalo que creó gran polémica y terminó en los tribunales.

Según esta nueva medida, cualquier institución u organización debe enviar sus comunicados por un medio oficial y seguro que guarde la privacidad del usuario. Sin embargo, esta orden no abarca todos los ámbitos. Los grupos de familia o de amigos no se verían afectados por esta resolución. Por lo que quienes querían evitar las bromas de los cuñados o los audios del amigo gracioso no van a encontrar solución. Los tratamientos de datos personales en el ámbito doméstico no están recogidos en este dictamen. La ley será aplicable en caso de que los datos personales fuera utilizados para fines publicitarios u otras actividades profesionales.

La Ley Orgánica de Protección de Datos también afecta a los correos electrónicos. En este caso, se exige que los correos receptores se incluyan en copia oculta, porque los miembros involucrados tampoco tienen opción previa para negarse a ser incorporados a la comunicación en grupo. A partir de mayo del próximo año, cuando entrará en vigor este nuevo reglamento, las infracciones en este medio de comunicación pueden ascender hasta los 20 millones de euros.

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