Atresmedia y Mediaset, sancionadas por superar el tiempo de publicidad

Las multas ascienden a 18.175 euros para la primera, y a 63.705 euros para la segunda.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMV) ha impuesto sanciones a Atresmedia (18.175 euros) y a Mediaset (63.705 euros) por superar los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios, regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual.


Según explica la CNMV, las infracciones detectadas en Mediaset tuvieron lugar entre enero y mayo de 2016 en sus canales de televisión Telecinco, Cuatro, Divinity y Energy.


Respecto a Atresmedia, el exceso de publicidad se ha producido Antena 3, también entre enero y mayo de este año. La ley establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural, teniendo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento.


También se excluye del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tiene una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj, explica la CNMV.


Mediaset y Atresmedia podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.

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