¿En caso de separación de bienes... de quién es el premio?

Si el matrimonio se halla en régimen de gananciales el dinero será de los dos.

Una administración de lotería soriana.
En caso de estar en proceso de separación, el premio es del cónyuge que lo compró.
Mariano Castejón

El premio será de propiedad exclusiva del cónyuge que compró el décimo del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad que se celebra este martes, 22 de diciembre, si el matrimonio es en separación de bienes.


Así se pone de manifiesto en una serie de aspectos legales que Legálitas aconseja tener en cuenta a la hora de participar en el Sorteo de Lotería de Navidad.


No obstante, la compañía de servicios de asistencia jurídica, apunta que en el caso de que el matrimonio se halle en régimen de gananciales y uno de los cónyuges sea agraciado en el Sorteo de la Lotería, el dinero obtenido como premio tendrá carácter ganancial, es decir, que será de los dos.


Por otra parte, si los cónyuges se hallan en medio de un proceso de separación, previo al divorcio, y uno de ellos ha comprado un décimo de Lotería que ha resultado agraciado en el sorteo, en ese caso el premio será propiedad del cónyuge que ha adquirido el décimo, según la Jurisprudencia del Tribunal Supremo.


Finalmente, Legálitas recuerda la importancia de tener en cuenta que para ello debe tratarse de una separación "seria, prolongada y demostrada" porque no basta únicamente con una mera interrupción de la convivencia.

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