mascarillas

¿Obligatoria o recomendable? Situaciones que pueden ser "contradictorias" con el nuevo decreto de uso de las mascarillas

Estas son las excepciones a la norma en centros, servicios y establecimientos sanitarios y sociosanitarios que combinan la obligatoriedad y la opcionalidad de llevarla dentro de un mismo recinto. 

Un cartel muestra la exigencia de mostrar el pasaporte covid en las visitas a familiares del Servet.
Un cartel muestra la exigencia de mostrar el pasaporte covid en las visitas a familiares del Servet.
Toni Galán

Aragón y el resto de España se despiden este miércoles de la imposición de llevar mascarillas en interiores después de 700 días acostumbrados a la norma.

El Gobierno aprobó este lunes en Consejo de Ministros el fin de la imposición de llevar cubrebocas en espacios cerrados, con algunas excepciones que conviene recordar para no despistarse. Actualmente, la medida sigue siendo obligatoria en transporte público, centros sanitarios, residencias y farmacias. No obstante, pueden darse algunas excepciones aun dentro de estos espacios:

20 de noviembre de 2020. Permiten la visita de familiares a los enfermos. María Ángeles Artiaga coge la mano de su marido, José Ara, que suma 33 días ingresado en la uci del Royo Villanova.

En centros, servicios y establecimientos sanitarios

Según lo establecido en el Real Decreto, las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de las mascarillas en centros, servicios y establecimientos sanitarios. La normativa sanitaria obliga todavía a llevar la mascarilla a personas trabajadoras, visitantes y pacientes en estos lugares, si bien exime de la misma a los pacientes ingresados cuando permanezcan en su habitación

1
7 de abril de 2020. Varios ancianos ingresados con síntomas leves de coronavirus reciben el alta en la residencia La Abubilla de Yéqueda. Luis agradece la atención recibida tras dos semanas de ingreso.

En centros sociosanitarios

La misma excepcionalidad se aplicará desde este miércoles en centros sociosanitarios, como asociaciones de pacientes o residencias, en las que tanto trabajadores como visitantes están obligados a seguir usándolas cuando estén en zonas compartidas. No así si se visita a un familiar o conocido en su habitación, donde ambos podrán quitarse la mascarilla. Los residentes, además, se libran de usar el cubrebocas en estos centros sociosanitarios, y se entiende que quedan protegidos, además de por la vacunación, por el uso obligatorio que deben hacer tanto los trabajadores como los familiares y amigos que les visiten cuando estén en salas y espacios comunes. No obstante, y he aquí una pequeña contradicción a este respecto: una persona puede frecuentar a partir de hoy un bar con su familiar anciano o residente -sin llevar ninguno de los dos la mascarilla-, y sin embargo tener que ponérsela en el caso del visitante cuando entre de nuevo a la residencia acompañando a su pariente (en espacios comunes). 

2
Regresan desde este lunes 18 de abril los paros en el servicio del autobús urbano.

En medios de transporte público

El Real Decreto recoge también la obligatoriedad del uso de mascarillas durante esta crisis sanitaria provocada por la covid-19 en medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. También en los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes. Se da la peculiaridad en estos casos, de que una persona podrá estar sin mascarilla en la marquesina del autobús pero deberá ponérsela en el momento de subirse a este y otros medios de transporte público, como el tren o el tranvía. Lo mismo ocurrirá en andenes, aeropuertos y estaciones de tren o de autobús, donde el usuario ya no está obligado a hacer uso de la misma salvo en el momento de "embarque". Algunas aerolíneas americanas como ​Delta, United y Alaska van un paso más allá y han incluso eliminado ya la obligatoriedad de llevarla en algunos aviones en Estados Unidos, lo que ha provocado a su vez reacciones dispares por parte de los pasajeros.

3

Cabe recordar también que la obligación de usar la mascarilla en los supuestos descritos anteriormente no será exigible "a las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada" por el uso de la misma o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitársela o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. "Tampoco en el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible", detalla la nueva orden. 

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión