Playa Pita se queda sin servicio de socorrista por tercer año consecutivo

?Cruz Roja, que asumió la atención desde 1978, no valora la medida de los propietarios pero señala que dejar "sin cobertura" a la zona genera "más riesgo" para los bañistas.

La Playa Pita, el pasado verano
La Playa Pita, el pasado verano
Mariano Castejón

Por tercer año consecutivo, Playa Pita no dispondrá de servicio acuático y terrestre de socorrismo durante los fines de semana del periodo estival. Unas labores desempeñadas desde 1978 a través de Cruz Roja que dejaron de prestarse en 2013 por la falta de acuerdo entre los propietarios. El Ayuntamiento de Soria sí era partidario de mantener el convenio con la ONG pero la negativa de la Mancomunidad de los 150 Pueblos en la comisión mixta dejó sin socorristas al paraje, uno de los más visitados por bañistas durante el verano en la provincia. Tras el desencuentro, el tema no se ha vuelto a abordar, por lo que todo hace indicar que al menos en el corto plazo difícilmente se recuperará.


Así lo asume también Cruz Roja en palabras de su presidente provincial, Modesto Fernández: "Son dos años ya sin prestarse. No sabemos si en un tiempo se pondrán en contacto con nosotros para retomarlo pero es posible que en ese momento ya no podamos asumirlo por falta de medios". Y es que, según indica, el material, al no utilizarse, no registra mantenimiento y de este modo corre el riesgo de quedarse obsoleto. Se refiere Fernández a equipos, motores y lanchas. De hecho, Cruz Roja está meditando ceder la lancha que utilizaba en Playa Pita a otra unión provincial que sí pueda darle utilidad. Y es que, recuerda el presidente de Soria, "Cruz Roja es sólo una y los recursos deben estar donde se necesitan".


En cuanto a la falta de acuerdo entre los propietarios, Fernández prefiere no adentrarse al ser una cuestión ajena a la organización. Cruz Roja tiene por objeto "ayudar a las administraciones que nos lo pidan" así que cuando declinan que preste algún servicio "no entramos a valorarlo". "Si han optado por eliminar el servicio sus motivos tendrán. Quizá tengan intención de suplirlo de alguna otra manera", amplía Fernández.


Lo que sí reconoce el presidente es que dejar a la Playa Pita "sin cobertura" de seguridad genera "más riesgo" para los bañistas pues ya se ha podido comprobar en varias ocasiones que la zona genera contratiempos.


Por su parte, el presidente de la Mancomunidad de los 150 Pueblos, Miguel Bonilla, reconoce que el asunto ni siquiera se ha vuelto a poner sobre la mesa desde 2013. No obstante, matiza que la decisión de suprimirlo se suscribió por acuerdo de la comisión mixta sin que su validez atienda a razones temporales. Y, "por pura coherencia", insiste, el acuerdo debe mantenerse pues para eso se aprobó si bien sin la conformidad del Consistorio.


Cabe precisar que la normativa regional que regula las treintena de zonas de baño naturales en Castilla y León (cinco en Soria) no impone expresamente a los propietarios prestar el servicio de socorrismo. Es decir, que no obliga, por lo que durante más de 30 años en la Playa Pita se prestó como servicio a mayores. No así en las otras tres zonas de baño de la Cuerda del Pozo (Cabañas, Cidones y Vinuesa) ni tampoco en el río Duero a su paso por San Esteban.


Un año más se desatiende la recomendación del Procurador del Común de Castilla y León, que ya en 2013 emitió un informe para analizar las zonas de baño naturales y aportar ideas. Entre las medidas a adoptar, según el organismo, que los propietarios fomenten la seguridad en estos entornos con la presencia de socorristas. Algo que, cabe precisar, ni siquiera es obligatorio. Según el citado informe, el Procurador del Común señalaba que "resulta evidente que la protección de la salud y la seguridad de las personas que acuden a las zonas de baño naturales no se agota con la garantía sanitaria de sus aguas y creemos que existen otros factores que inciden en la seguridad de los usuarios, seguridad que las administraciones municipales deben garantizar en su ámbito territorial". Ni la normativa nacional ni la normativa autonómica, agrega, imponen la presencia de vigilancia y salvamento en las zonas de baño naturales, "situación que contrasta" con lo dispuesto en la normativa higiénico-sanitaria de piscinas de uso público (Decreto 17771992 de 22 de octubre) cuyo artículo 25 obliga a contar con socorristas en estas instalaciones. Unos profesionales "que deben ser expertos en técnicas de salvamento, reanimación y primeros auxilios y cuya presencia debe ser continuada durante el tiempo que la instalación permanezca abierta al público".


Para el Procurador del Común "parece contradictorio que exista un derecho a exigir seguridad en un espacio acuático con el agua confinada y no exista el mismo derecho en un espacio acuático natural en el que se permite y en algunos casos se facilita por las administraciones públicas este mismo baño". Y para justificar su recomendación, el Procurador del Común se refería en su informe de 2013 a un estudio sobre los accidentes mortales ocurridos en el medio acuático en España durante el verano de 2012. Datos que "no nos deben pasar inadvertidos". Entre ellos, que de las 186 personas fallecidas en el citado verano, 31 sufrieron el siniestro en un río, embalse, canal o similar. Y 20, en una piscina. El informe también indicaba que el 63% de los ahogamientos en España suceden en espacios que no cuentan con servicio de socorrismo.


Por ello el Procurador del Común recomendaba a todas las entidades locales de Castilla y León que cuenten con una de la treintena de áreas de baño "que doten a las mismas de un servicio de socorrismo, preferiblemente formado por personal profesional y debidamente cualificado, en garantía de los derechos de los usuarios de estas instalaciones".