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  • José Luis Moreu Ballonga

¿Universidades subversivas?

Protesta proindependentista en la Universidad de Barcelona, el pasado 5 de noviembre.
¿Universidades subversivas?
AFP

Ha preocupado y causado entendible revuelo un retoque añadido al proyecto de Ley Orgánica del Sistema Universitario (PLOSU), hoy en fase final de su aprobación, que, al regular las competencias de las universidades y de sus claustros, habría añadido la de "analizar y debatir otras temáticas de especial trascendencia", y aunque la letra no lo incluya, parece que va de suyo que para lograr y difundir al público acuerdos sobre tales temáticas. 

Se hizo eco HERALDO, el pasado 11 de enero. Nuestro ministro de Universidades es hoy Joan Subirats, quien fue a votar en el simulacro de referéndum ilegal catalán del uno de octubre de 2017 e iba de número dos por En Común Podemos, tras Ada Colau, en las elecciones municipales de 2019 en Barcelona. Este ministro es profesor de Ciencia Política, pese a lo que se apunta, como vemos, a un credo confederal de la política, por completo desfasado y populista (coincide en esto, curiosamente, con muchos de los seguidores de Trump que asaltaron con banderas confederales el Capitolio). Las temáticas en las que piensa el en apariencia inocente añadido al texto del PLOSU, son, en esencia, facilitar las proclamas a favor del inexistente derecho de autodeterminación en España. Esa propuesta de retoque del proyecto de ley provino de Esquerra Republicana y de EH Bildu y fue aceptada por el PSOE, con gran contento de Esquerra, según se recogió en HERALDO.

El proyecto de ley de universidades incluye una cláusula que permitiría la instrumentalización de la universidad para fines políticos, como han estado haciendo los independentistas catalanes

Se conocen los precedentes del caso. El independentismo se dedica a emitir manifiestos, que se ponen en las páginas web y se distribuyen a la prensa, desde instituciones que controla, como por ejemplo colegios de abogados o universidades. La jurisprudencia ha declarado nulos esos comunicados reiteradamente y es lo que el retoque al PLOSU intenta evitar en el futuro. Esta jurisprudencia podría poner en riesgo, por ejemplo, de incurrir en delito de prevaricación a rectores de universidades o decanos de colegios de abogados que encabezaran esos manifiestos. Una importante Sentencia de la Sala 3ª del Tribunal Supremo (TS) de 21 de noviembre de 2022 ha anulado, confirmando sentencias previas de un Juzgado de Barcelona y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), un titulado ‘Manifiesto conjunto de las universidades catalanas en rechazo de las condenas de los presos políticos catalanes y a la judicialización de la vida política’. La sentencia del TS recoge otras similares sobre parecidos manifiestos, como uno relativo a un colegio de abogados y otro de la Universidad Pompeu Fabra.

Las razones de la Universidad de Barcelona (UB) recurrente ante el TS fueron flojas. Adujo que el manifiesto lo amparaban el principio constitucional de autonomía universitaria (arts. 27-1º y 10º de la Constitución, CE) y sus Estatutos (Decreto 246/2003); así como que el manifiesto mayoritario no obligaba a nadie, ni limitaba la libertad de los profesores o los derechos de los alumnos.

Hay sentencias que rechazan esa instrumentalización

Los argumentos de la sentencia del Supremo, coincidiendo con el Ministerio Fiscal, y reiterados de sentencias anteriores, fueron concluyentes. Las universidades públicas son administraciones y, en cuanto tales, están sometidas al principio de neutralidad u objetividad (art. 103-1º CE). Una administración solo tiene potestades administrativas si las ampara la ley. Las instituciones públicas no tienen libertad de expresión, según el TC. Solo la tienen las personas individuales, y entonces es un derecho fundamental. Las declaraciones políticas son materia del todo ajena a las funciones institucionales de las universidades. El manifiesto emitido por la UB perjudicó directamente la libertad ideológica y de cátedra de los profesores y los derechos de los alumnos a una universidad sujeta a sus fines propios docentes e investigadores. La UB podría haber incurrido en ‘desviación de poder’, y la materia del manifiesto fomentaba la división de la ciudadanía, algo impropio también de sus fines específicos. Se dio la razón a los profesores y alumnos que impugnaron el manifiesto. La sentencia ni siquiera rebatió los groseros mantras del independentismo de que hubo ‘presos políticos’ y no políticos presos por delinquir, o el de que cuando los jueces, cumpliendo su deber legal, aplican la ley contra actos ilegales o delitos, ‘judicializan’ la política.

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