Por
  • José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat

Los pilares de la Constitución

Ejemplar de la Constitución Española de 1978 guardado en el Congreso de los Diputados.
Ejemplar de la Constitución Española de 1978 guardado en el Congreso de los Diputados.
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La estructura política y jurídica del Estado social y democrático de derecho diseñada en la Constitución española de 1978 se soporta en tres pilares que proporcionan solidez, estabilidad, equilibrio y funcionalidad a todo el edificio constitucional.

El reconocimiento de la dignidad de la persona humana como valor supremo, absoluto e inderogable constituye el primer pilar de nuestro Estado constitucional. Presupone la consideración de que todos, hombres y mujeres, somos titulares de un núcleo inviolable de derechos y libertades que garantizan una existencia plena.

Desde esta perspectiva axiológica, la fuerza renovadora de la Constitución se sustenta en la aceptación mutual de una serie de valores democráticos, entre los que cabe significar el espíritu de apertura y de tolerancia y el respeto a la diversidad ideológica y cultural, que son la base de la convivencia política y de la contención del poder público.

La Constitución puede definirse como la Carta Magna de la dignidad y las libertades, que pretende impulsar el desarrollo de una sociedad democrática, integrada por ciudadanos comprometidos con los valores democráticos, que sea capaz de hacer frente a las amenazas al sistema democrático provenientes de los fanatismos irracionales y excluyentes o de la polarización extrema.

La adhesión a los valores democráticos, que dan contenido al fundamento ético y político de la Constitución, resulta determinante para guiar los destinos de la nación por la senda de la prosperidad, la cohesión y la paz social.

Transcurridos 43 años desde su ratificación por el pueblo español, cabe afirmar que los materiales que sirvieron de base a nuestra Constitución siguen resistiendo

En nombre de la dignidad, como quiere la Constitución, estamos obligados a contribuir a forjar una comunidad de hombres y mujeres libres e iguales en dignidad y derechos de carácter inclusivo, para lo que se requiere que poderes públicos y ciudadanía colaboren para crear las condiciones que permitan promover el establecimiento de un orden económico y social justo, basado en los postulados redistributivos del Estado del bienestar.

La fórmula política consensual de monarquía parlamentaria representativa constituye el segundo pilar sobre el que se asienta el Estado constitucional proyectado en 1978. La instauración de un sistema democrático, sustentado en la declaración de que la soberanía de la nación reside en el pueblo, y cimentado en la consagración del principio de división de poderes, articula y vertebra el régimen político constitucional concebido para evitar la concentración y el uso abusivo del poder.

La legitimidad de los poderes públicos (Cortes Generales, Gobierno central, comunidades autónomas, ayuntamientos, Poder Judicial, Tribunal Constitucional y otros órganos de relevancia constitucional) nace de la voluntad democrática de la nación. Pero la confianza en las instituciones democráticas surgidas del pacto constitucional debe perdurar más allá del proceso constituyente. Ello exige el despliegue de un activismo constitucional que esté en consonancia con el cumplimiento de los mandatos constitucionales relativos a una gobernanza de las instituciones públicas inteligente, prudente y responsable, basada en la observancia de las normas reguladoras de los mecanismos de pesos y contrapesos que fundamentan la estabilidad del Estado constitucional.

Sin el debido respeto a las reglas de juego democráticas, sin el sometimiento de las instituciones al imperio de la ley y el derecho, la democracia misma se colapsa.

Pero hacen falta trabajos de mantenimiento y consolidación del edificio constitucional

La constitucionalización del principio de justicia, inherente al Estado social, da forma al tercer pilar de la Constitución. La fortaleza del Estado de la Justicia se demuestra cuando poderes públicos y ciudadanía aúnan sus esfuerzos para procurar el bien común y asegurar el bienestar de cuantos integramos la nación.

Transcurridos cuarenta y tres años desde la ratificación de la Constitución por el pueblo español, cabe afirmar que los materiales que sirvieron de base a nuestro texto constitucional siguen resistiendo. Pero, no se puede eludir que es preciso acometer de forma constante trabajos de mantenimiento y consolidación del edificio constitucional con la mayor intensidad posible en estos tiempos inciertos en que afrontamos desafíos globales de gran magnitud.

Porque la Constitución no puede ser sometida a un proceso de hibernación que erosione su capacidad para orientar el futuro, hay que apelar a la responsabilidad de todos los actores constitucionales, y de la ciudadanía, para que cooperen a la ejecución de las obras de actualización y modernización del texto constitucional que sean necesarias, con el objetivo de que siga conservando su fuerza y vigor como ideario colectivo de solidaridad, progreso y fraternidad.

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