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  • Eva Sáenz Royo y Ángel Garcés Sanagustín

¿Abolición o regulación?

PROSTITUCION EN LA CALLE / 06-07-2012 / HERALDO [[[HA ARCHIVO]]]
PROSTITUCION EN LA CALLE / 06-07-2012 / HERALDO [[[HA ARCHIVO]]]

Por primera vez, el PSOE, en el marco de su 40º Congreso Federal, se ha declarado formalmente abolicionista de la prostitución

Se trata de una de sus ideas fuerza que –parece– marcará su rumbo ideológico de los próximos años y que parte como premisa indiscutible de que la prostitución es siempre forzada, sin que quepa el consentimiento libre por quien la ejerce. Aunque han anunciado una ley específica sobre la abolición de la prostitución, actualmente ya se está tramitando en el Congreso una reforma del Código Penal en línea con esta tesis abolicionista.

Desde el punto de vista jurídico, la primera norma de carácter abolicionista en España se remonta a la época franquista, con un decreto-ley de 3 de marzo de 1956. Evidentemente, esta norma no abolió la prostitución y generó más explotación sexual y proliferación de enfermedades; esto es, miedo y soledad.

El PSOE ha aprobado en su último congreso el propósito de ‘abolir’ la prostitución

Actualmente, el Estado no interviene ni reconociendo ni prohibiendo la prostitución. Este vacío jurídico ha favorecido que, por una parte, proliferen ordenanzas municipales que prohíben expresamente "ofrecer, solicitar, negociar o aceptar servicios

sexuales mediante pago" en la vía pública, pero, por otra, se dicten sentencias judiciales que reconocen los derechos laborales de las personas que ejercen la prostitución. Incluso, en junio de 2021, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha permitido la creación del sindicato ‘Organización de Trabajadoras Sexuales (Otras)’, que integra la prostitución ejercida por cuenta propia. Dirigido, obviamente, por una mujer, sorprende en un contexto en el que los sindicatos más representativos, incluidos los del sector público o sectoriales –como el de enfermería–, están liderados por hombres.

La única intervención legal clara sobre la cuestión es la regulación penal sobre el proxenetismo y la trata con el propósito de explotación sexual. Tras la reforma de 2015 del Código Penal, y en coherencia con la última jurisprudencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, puede interpretarse –como así hace buena parte de la doctrina penalista– que ha dejado de considerarse como delito el proxenetismo no coactivo. Se establece así, desde el ámbito penal, una distinción entre prostitución libre y prostitución forzada, que rompe la premisa de la que se parte desde las posiciones abolicionistas.

Pues bien, la ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, conocida popularmente como la ley del ‘solo sí es sí’, actualmente en tramitación en el Congreso, pretende reintroducir como delito el proxenetismo no coactivo, en línea con las tesis abolicionistas y negando la capacidad de decisión de las trabajadoras sexuales. Es decir, una ley, que focaliza en el consentimiento el elemento clave para el ejercicio de la libertad sexual, excluye a las prostitutas de esta posibilidad.

Pero la historia demuestra que las propuestas abolicionistas son una quimera

La historia demuestra que la abolición de la prostitución es más bien una quimera y, por ello, el argumento de más contundencia a favor de la regulación es la protección que se otorga al trabajador o –mayoritariamente– trabajadora sexual. En países como Holanda, Alemania, Australia y Nueva Zelanda se reconoce como trabajo la prostitución libre y voluntaria de personas adultas y capaces con el consiguiente reconocimiento de derechos laborales y sociales. Se consigue con ello cotizar por el trabajo realizado y acceder a las diferentes prestaciones previstas por la ley. Además, en este modelo se considera que la protección jurídica a la trabajadora sexual, la parte más vulnerable, supone su mejor arma frente a la explotación, la violencia, la coerción, las mafias y la corrupción.

En los tiempos de la transparencia y la participación ciudadana, ¿se ha contado con la opinión de estas personas para la reforma que se pretende? ¿O las prostitutas están en el lado más bajo de la escala de la ciudadanía? ¿Por qué se pretende negar a una persona adulta, en el ejercicio de su libertad y en la intimidad, utilizar su cuerpo como buenamente lo desee? ¿En qué argumentos se apoya tal ‘superioridad moral’? Un texto legal que invalida y no da por buena la voluntad de las trabajadoras sexuales, como personas no aptas para otorgar su consentimiento, es una clara vuelta a un puritanismo propio de otros tiempos. Quizás sea cierto que la historia es cíclica. Pero para mal.

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