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  • Heraldo de Aragón

Varapalo europeo al ‘procés’

Puigdemont arranca su campaña a las europeas en Eslovenia.
carles Puigdemont.
Efe/Antonio Bat

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado por unanimidad la demanda contra la decisión del Tribunal Constitucional español de suspender el pleno del Parlament del 9 de octubre de 2017, en el que Puigdemont preveía proclamar la independencia de Cataluña. La decisión es especialmente relevante porque los jueces rechazan una por una las reclamaciones y, de forma contundente, se manifiestan en contra de las tesis de los secesionistas.

El sujeto por antonomasia del Derecho Internacional Público es el Estado. Pero el gran avance normativo del último siglo ha concedido al individuo un papel en el marco de la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Es a este asidero al que se agarraron la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, y otros 75 diputados independentistas, entre ellos el ‘expresident’ Puigdemont, cuando presentaron su demanda ante el tribunal de Estrasburgo. Y es precisamente la relevancia internacional del TEDH, por encima de las legislaciones nacionales, la que dota de mayor importancia el varapalo que acaba de dar al ‘procés’. Considera que el Tribunal Constitucional no violó el derecho de libertad de reunión ni el de libertad de expresión, como sostenían los demandantes, sino que su actuación fue «necesaria en una sociedad democrática» porque perseguía, entre otros, los objetivos legítimos de mantener la seguridad pública, defender el orden y proteger los derechos y libertades ajenas.

Un repaso de la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo prueba el extremado celo con el que vela por la libertad de expresión y otros derechos fundamentales. Pero en este caso, los siete jueces que firman la desestimación de la demanda dejan claro que en España es legítimo querer cambiar el sistema, pero siempre que esto se haga por cauces legales y democráticos. Es decir, hay libertad, pero siempre dentro del respeto a la ley.

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