CORRUPCIÓN

Libertad con cargos para el alcalde y el arquitecto municipal de Torre Pacheco

Los dos están imputados por malversación y prevaricación y deberán presentarse en los juzgados cada quince días.

El alcalde de la localidad murciana de Torre Pacheco, Daniel García Madrid y el arquitecto técnico del municipio, Ramón Cabrera, han quedado en libertad provisional con cargos después de que la Sección Cinco de la Audiencia Provincial de Murcia haya aceptado los recursos de la defensa y revocado los autos dictados por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de San Javier del pasado 3 de abril. El alcalde y el arquitecto de Torre Pacheco, ambos imputados por malversación y prevaricación en esta nueva trama de corrupción urbanística, deberán comparecer cada quince días en los juzgados.


La Audiencia Provincial de Murcia ha dejado en libertad provisional a los dos imputados con obligación de comparecer en el juzgado los días 1 y 15 de cada mes, así como comunicar cualquier cambio de domicilio. Deja así sin efecto la decisión del Juzgado de Instrucción número cuatro de San Javier acordó, que el pasado 3 de abril dictó prisión provisional sin fianza para el alcalde de Torre Pacheco como presunto autor de un delito de malversación y otro de prevaricación. Este Auto fue recurrido por la defensa de García Madrid, junto con el Auto de 28 de marzo en el que se acuerda secreto de las actuaciones y la práctica de determinadas actuaciones.


En todo caso, el tribunal señala que la prisión provisional inicialmente acordada no fue "arbitraria", pues "está debidamente fundamentada" ya que existía riesgo de que el imputado pudiera manipular pruebas, pero acto seguido apunta que después de casi un mes ya se "debería haber avanzado en la investigación", por lo que ya no puede alterar pruebas ni se da la reiteración delictiva por lo que decreta la libertad para el alcalde.


En cuanto al arquitecto, el Tribunal considera que resulta innecesaria la prisión provisional ya que no hay riesgo evidente de que vuelva a delinquir. Respecto al riesgo de fuga, señala que se trata de un técnico del Ayuntamiento de Torre Pacheco con domicilio en el mismo municipio, y del que no se acredita la existencia de una "fortuna" que haga pensar en la posibilidad de llevar una existencia clandestina en el país o en el extranjero, ni que pueda alterar prueba alguna en relación con los hechos que se le imputan, ya que no constan otros hechos que el dictado informe.


Prevaricación judicial


Pero, para dejar las cosas meridianamente claras a la defensa de los imputados, en su auto la Audiencia Provincial de Murcia señala expresamente que en el examen del recurso se llevó a cabo centrándose "exclusivamente en los aspectos jurídicos que se plantean y dejando fuera de esta resolución las referencias llevadas a cabo por el recurrente sobre aspectos ajenos al contenido de los autos".


El tribunal se refiere así a la insinuación de la defensa de la comisión de "hechos delictivos imputables al Juez de Instrucción y al Fiscal, pero sin llegar a formular expresa denuncia", más concretamente la "hipotética prevaricación judicial que se insinúa". En este punto el auto llega incluso a advertir que esa es una "desafortunada línea de defensa" que "no conduce a ningún sitio al apelante".