CASO GÜRTEL

Levantan la imputación a la mujer de Bárcenas

El magistrado Pedreira considera que si Bárcenas asume su responsabilidad respecto al incremento del patrimonio familiar "no parece procedente, ni ajustado a Derecho, que no se tenga en cuenta la verosimilitud de los hechos".

El juez instructor del caso Gürtel en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Antonio Pedreira, ha acordado levantar la imputación a Rosalía Iglesias, esposa del ex tesorero y ex senador del PP Luis Bárcenas, y ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa respecto a ella.


En un auto, el magistrado considera que si Bárcenas asume su responsabilidad respecto al incremento del patrimonio familiar, y dado que estaba casado bajo el régimen de separación de bienes, "no parece procedente, ni ajustado a Derecho, que no se tenga en cuenta la verosimilitud de los hechos".


En este sentido, el auto indica que si Rosalía Iglesias no fue parte en el Tribunal Supremo, durante el periodo en el que instruyó la causa por ser Bárcenas aforado, "no resulta razonable tenerla por parte en el TSJM", que asumirá la investigación sobre el ex senador del PP una vez que éste ha renunciado a su escaño.


El pasado 21 de abril Rosalía Iglesias, que declaró como imputada ante el TSJM por un delito fiscal, aseguró que la "gestión económica" del matrimonio "la llevaba su marido" y que no sabía nada de las operaciones financieras con las que había incrementado su patrimonio en los últimos años.


El juez Pedreira investiga un eventual delito contra la Hacienda Pública por defraudación del IRPF en los años 2002 y 2003, en los que Bárcenas e Iglesias realizaron la declaración de manera conjunta.


Sin embargo, entiende que si el Tribunal Supremo, con la documentación de la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social que le remitió el TSJ de Madrid, no ha imputado a las esposas de Bárcenas y del ex diputado del PP Jesús Merino "es porque en principio, no ha estimado que existan indicios racionales de criminalidad".


El magistrado sostiene que "no puede deducirse de la prueba aportada, ni de la declaración de Rosalía Iglesias, que tenga responsabilidades penales", ya que no existe ninguna liquidación tributaria que concrete de forma efectiva y específica su responsabilidad.


Además explica que la investigación fiscal sobre la esposa de Bárcenas no está todavía realizada con el exigido rigor jurídico debido a que la Administración Tributaria no concretó la liquidación de la deuda del matrimonio, ya que en ese momento Pedreira no tenía competencia para investigar al todavía aforado del PP.


Por todo ello, entiende que debe aplicarse el principio de presunción de inocencia.


"Los indicios existentes no tienen suficiente fuerza para enervar la presunción de inocencia", dice el auto, que añade que sólo si surgen nuevas pruebas o documentación se podrá imputar delito a Rosalía Iglesias.


En cualquier caso, el juez señala que la responsabilidad tributaria de los esposos se determinará eventualmente, con independencia de que el matrimonio se haya contraído bajo el régimen de separación de bienes o de gananciales.


Sin embargo, avanza también que no se podrá atribuir responsabilidad penal a la esposa si desconoce cómo se tramita por el marido la liquidación tributaria, y recuerda que Rosalía Iglesias ha reconocido que tenía plena confianza en su esposo y que toda la administración de los bienes y del metálico la llevaba a cabo Luis Bárcenas.


Por último, explica que el archivo de la causa respecto de Iglesias es "un sobreseimiento parcial y provisional" hasta que el Tribunal Supremo, una vez notificada la renuncia de los aforados, proceda a remitir los autos al TSJM.