DE ASESINATO A HOMICIDIO

La Audiencia Nacional revoca los procesamientos por la muerte de José Couso

Los tres militares implicados en la muerte del periodista de la cadena Telecinco, ocurrida el 8 de abril de 2003, quedarán revocados por tercera vez consecutiva.

La Audiencia Nacional ha vuelto a revocar el procesamiento de los tres militares de EEUU implicados en la muerte del cámara de Telecinco José Couso en Bagdad, Irak, el 8 de abril de 2003, y le ordena al juez Santiago Pedraz que concluya el sumario y lo eleve a la Sala de lo Penal para poder acordar el archivo.


Así lo acuerda la sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en un auto en el que estima el recurso de la Fiscalía contra el procesamiento de estos tres militares dictado por Pedraz el pasado 21 de mayo, después de que la Sala revocara el que dictó contra ellos en 2007.


El 27 de abril de 2007, Pedraz procesó por primera vez al sargento Thomas Gibson y sus superiores, el teniente coronel Philip de Camp y el capitán Philip Wolford, por los delitos de asesinato con alevosía y contra la comunidad internacional, aunque en el procesamiento del pasado mes de mayo modificó la acusación de asesinato por homicidio.


A juicio de la Sala, las nuevas diligencias practicadas por Pedraz para dictar el nuevo procesamiento, testimonios de los periodistas Jon Sistiaga, Olga Rodríguez y Jesús Hernández y los que prestaron por escrito los ex ministros de Defensa Federico Trillo y de Exteriores Ana Palacio, "nada" han aportado de nuevo a la causa.


El tribunal reprocha al juez instructor que desatienda lo que favorece al reo y se centre en lo que le desfavorece y rechace así la presencia de un francotirador en el hotel Palestina como elemento que pueda justificar el ataque que acabó con la vida de Couso y del reportero de la agencia Reuters Taras Protsyuk.


Para la sección segunda, compuesta por los magistrados Ángel Hurtado, Julio de Diego y el ex portavoz del CGPJ Enrique López: "Hay elementos indiciarios lo suficientemente relevantes como para no descartar" la presencia de un francotirador y "que tal fuera la creencia de quienes efectuaron el disparo".


En este sentido, argumenta que teniendo en cuenta "el clima hostil en el que se desenvuelven los acontecimientos, con la presumible tensión que ello generase en quien dispara, bien pudo crear una idea en los procesados que, aunque incorrecta, fuese la desencadenante de su acción", por lo que el tribunal no observa la existencia del dolo necesario para apreciar "indicios racionales de criminalidad".


También destaca que los testigos han reconocido que en los alrededores del hotel se pensó que podía haber algún iraquí "descontrolado" y por eso "intentaban que nadie del exterior entrara en el hotel", por lo que la Sala no descarta que "se colase alguno sin control" y actuase como francotirador.


Cuando Pedraz reactivó la causa después de que la Sala revocase el primer procesamiento, las autoridades de EEUU le informaron de que el ataque se produjo "en defensa propia", ya que se disparó sobre un supuesto tirador "en una respuesta medida, proporcionada y justificada", "completamente acorde a las reglas de combate".


Sin embargo Pedraz, que en esta segunda ocasión no dictó órdenes de busca y captura contra los tres militares, tal y como hizo al procesarlos la primera vez, advirtió que de "darse por buena" la explicación de EEUU "el atacante que no sea capaz de distinguir en un conflicto armado, quedaría inmune, con lo que los Convenios de Ginebra no valdrían para nada" porque eso significaría que "en la guerra todo vale".


Pedraz admitió la querella de los familiares de Couso en noviembre de 2005 y el 10 de marzo de 2006 la sala de lo penal de la Audiencia Nacional archivó las diligencias, una decisión que la acusación recurrió ante el Tribunal Supremo, que, en diciembre de 2006, ordenó investigar de nuevo la muerte del cámara, lo que derivó en el primer procesamiento de los tres militares.