TRIBUNALES

La Audiencia Nacional confirma la condena a los autores de la viñeta de los Príncipes

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de apelación de los autores de la caricatura, el dibujante Guillermo Torres y el guionista Manel Fontdevilla- contra la resolución del juez José María Vázquez Honrubia, que les impuso una multa de 3.000 euros por un delito de injurias al sucesor de la Corona.

La Audiencia Nacional ha confirmado la sentencia a los autores de la caricatura de los Príncipes en la revista "El Jueves", que les ha supuesto una multa de 3.000 euros, con el voto discrepante de cuatro de los 20 magistrados, que creen que los acusados ejercieron el derecho a la libertad de expresión.


El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de apelación de los autores de la caricatura, el dibujante Guillermo Torres y el guionista Manel Fontdevilla- contra la resolución del juez José María Vázquez Honrubia, que les impuso una multa de 3.000 euros por un delito de injurias al sucesor de la Corona.


El magistrado entendió que los caricaturistas traspasaron los límites de la crítica satírica con la viñeta que se publicó en la portada de la revista del 13 de julio de 2007, la cual fue secuestrada por orden del juez Juan del Olmo a instancias de la Fiscalía General del Estado.


En la portada, los Príncipes aparecían manteniendo relaciones sexuales y, bajo el título "2.500€", se les atribuía un diálogo en el que Felipe de Borbón le decía a su mujer: "¿Te das cuenta? si te quedas preñada... ¡Esto va a ser lo más parecido a trabajar que he hecho en mi vida!".

Con el fallo del Pleno de la Sala han mostrado su desacuerdo cuatro magistrados, que entienden que los humoristas gráficos ejercieron un derecho fundamental y que su trabajo periodístico "tiene cobertura constitucional" y, por tanto, no puede ser objeto de "reproche penal".

Argumentan que la viñeta se enmarca dentro de la caricatura política, un medio de expresión que trata de ofrecer "mediante la deformación de ciertos rasgos el aspecto risible, absurdo y grotesco de las instituciones", y por ello está asociada al desarrollo de una opinión pública "crítica y libre".


"No tiene objetivamente capacidad -añade- para poner en cuestión el prestigio de un personaje político, menos de una institución pública".

Recuerda en el escrito que el cuaderno "Sem Los Borbones en pelota", realizado por los hermanos Bécquer, consta de 89 acuarelas con pies de texto "de una acritud, libertad formal e irreverencia insólitas" no sólo para la época (1868 y 1869).


En el voto discrepante se señala que la legislación referida a la protección del honor y la propia imagen da un trato diferente a la caricatura de las personas que ejercen un cargo público, cuya utilización se permite "de acuerdo con los usos sociales", poniendo de relieve que "una cosa es la propia imagen, bien constitucional, y otra la caricatura de los personajes públicos".


Además, se hace hincapié en que el tema de la viñeta era de interés público porque sus autores pretendían expresar "lo inadecuado" de la medida del Gobierno de conceder una subvención de 2.500 euros por el nacimiento de un hijo, independientemente de la situación económica familiar.


Por tanto, la aparición en la viñeta de Felipe de Borbón y su esposa "era pertinente e idónea para expresar la opinión que querían transmitir" Torres y Fontdevilla, y se considera que la sentencia "carece de consistencia argumentativa" cuando dice que la imagen de los Príncipes "era gratuita e innecesaria".


Los magistrados contrarios al fallo judicial subrayan que la opinión pública libre "es la sustancia de la democracia" y la crítica política "realiza el necesario control y el cuestionamiento de las instituciones".

También destacan que "no puede admitirse" en una interpretación constitucional que se produzca una mayor limitación de la libertad de expresión cuando la crítica se dirija al Rey o al Príncipe.

 

Sobre la posición de los Príncipes, manteniendo relaciones sexuales, los cuatro magistrados consideran que se trata de una "ficción caricaturesca" que no debe ser valorada "moralmente" y afirman que "no hay zafiedad objetiva en representar a una pareja en el goce sexual".