TRIBUNALES

El Supremo reconoce que causar ruido constituye delito de lesiones

El Tribunal Supremo confirmó la condena dictada en enero de 2009 por la Audiencia Provincial de Barcelona que condenó a la propietaria de un local del Raval a cinco años y seis meses de prisión y al pago de una multa de 11.250 euros por un delito contra el medio ambiente en concurrencia ideal con tres delitos de lesiones, por daños psíquicos que causó a sus vecinos, quienes sufrieron insomnio, estrés y depresión.


Se trata de la primera ocasión en la que el alto tribunal declara que causar ruido constituye delito de lesiones, después de que el pasado 2 de diciembre reconociera por primera vez una situación parecida respecto de otra discoteca, esta vez situada en el barrio de l'Eixample de la Ciudad Condal, si bien en esta ocasión la condena fue de cuatro años de cárcel y los hechos se calificaron de falta, no de delito.


En esta ocasión, la sentencia se refiere a una situación que se remonta al pasado abril de 2005, cuando los vecinos denunciaron por primera vez el ruido excesivo del local, situado en la calle Nou de la Rambla. Desde entonces y hasta mayo de 2006, la Guardia Urbana hizo diez inspecciones, los técnicos municipales realizaron cinco mediciones --registraron hasta 43,7 decibelios, cuando el límite es de 35 decibelios-- y el ayuntamiento de Barcelona dictó órdenes de clausura del local, que la acusada quebrantó tres veces.


"Método de tortura"


El tribunal de la Audiencia de Barcelona que juzgó a María del Carmen A.V., la antigua propietaria de este local, que señaló en su sentencia que el ruido se utilizó "como método de tortura y hasta para conseguir el enloquecimiento de las personas". Ahora, en una sentencia de la que fue ponente el magistrado del Tribunal Supremo, Siro García, se confirmaron todos los extremos y se rechazaron una a una las alegaciones presentadas por la condena contra el fallo de Barcelona.


El local solucionó los problemas por los que fue denunciado a través de medidas correctoras pactadas con los mismos vecinos que le denunciaron, según informó la Federación Catalana de Actividades Recreativas Musicales (Fecasarm) tras conocer el fallo de la Audiencia de Barcelona.