ACUERDO CON WASHINGTON

EE. UU. podrá conocer datos sobre la "vida sexual" y la "opinión política" de españoles sospechosos de terrorismo

La CIA, el FBI o cualquier agencia especializada en terrorismo o en delitos graves tendrá acceso a los archivos españoles más confidenciales. España nunca había llegado tan lejos en la cooperación internacional, ni siquiera con Francia. Un acuerdo firmado el pasado 23 de junio en Washington entre el ministro Alfredo Pérez Rubalcaba, el fiscal general estadounidense, Eric Holder, y la secretaria adjunta de Seguridad Nacional, Jane Holl Lute, dio luz verde a que los agentes antiterroristas norteamericanos tengan acceso directo a las bases de datos policiales españolas, incluidas aquellas que contengan datos tan íntimos como "opiniones políticas", "vida sexual" o prácticas religiosas de sospechosos. El pacto es recíproco y, así, los funcionarios de Interior también podrán consultar sin intermediarios y sin apenas restricciones los archivos estadounidenses sobre huellas dactilares, ADN y antecedentes penales en busca de posibles activistas.


El acuerdo tiene un nombre tan neutro como "convenio sobre incremento de cooperación para impedir y combatir la delincuencia grave". Ese epígrafe inocuo hizo que entonces pasara desapercibido en medio de otra riada de protocolos y en plena polémica sobre el traslado de presos a Guantánamo a España. Pero detrás de ese título, advierten ahora juristas y responsables de la lucha antiterrorista, se esconde un acuerdo sin precedentes y extremadamente delicado.


El artículo más peliagudo del convenio es el 13. Ese precepto autoriza a las autoridades españolas a "facilitar" a los funcionarios antiterroristas norteamericanos "datos personales que revelen el origen racial o étnico, opiniones políticas o creencias religiosas o de otra índole y afiliación sindical" o informaciones personales sobre "la salud o la vida sexual" de sospechosos. Eso sí, advierte el protocolo, esos datos sólo podrán entregarse a Estados Unidos "si son especialmente relevantes" para la investigaciones sobre estos supuestos terroristas.


Los dos gobiernos reconocen la "especial sensibilidad" de la cesión de estas informaciones sobre ciudadanos sospechosos, por lo que se comprometen a "adoptar las salvaguardias adecuadas" para proteger la privacidad.

Meras sospechas

Otro aspecto muy delicado del protocolo, según los especialistas de Interior, es su artículo 11. Este precepto da luz verde a entregar a Estados Unidos, "incluso sin que lo haya solicitado" Washington, todo tipo de datos de personas de las que se sospeche que "puedan cometer o que hayan cometido delitos de terrorismo o afines", que pudieran estar siendo entrenadas para ataques o que pudieran mantener contactos con bandas armadas.


El elenco de datos que el Ministerio del Interior puede entregar a Estados Unidos sobre estas personas bajo sospecha residentes en España es muy amplio: "nombres, apellidos, identidades anteriores, alias, versiones ortográficas alternativas del nombre, sexo, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidades actual y anteriores, número de pasaporte, números de otros documentos de identidad, datos dactiloscópicos, condenadas o la descripción de las circunstancias" que han hecho pensar que esa persona pueda ser un terrorista.

Exhaustivo protocolo

El acuerdo contra la "delincuencia grave", que en realidad es un exhaustivo protocolo de nueve páginas y 25 artículos, también establece el compromiso de ambos gobiernos a abrir de par en par sus bases más comprometidas para las investigaciones antiterroristas. No sólo compromete a compartir datos de esos archivos, sino a autorizar que funcionarios del otro estado accedan y naveguen sin cortapisas en esas bases en determinadas instalaciones policiales, denominadas "puntos de contacto nacionales".


Así, se autoriza la consulta directa y "automatizada" de las bases dactiloscópicas (huellas dactilares) y de "perfiles de ADN" de ambos países en busca de activistas. Serán siempre "casos individuales", pero se podrá rastrear la base completa aunque sin conocer identidades. Sólo si se encuentran coincidencias, los agentes extranjeros podrán saber a quién pertenece la muestra sospechosa.