TRÁFICO

Los conductores critican la nueva Ley de Tráfico

La nueva legislación, que sustituye a la de 2002 y entrará en vigor el martes, estructura más las sanciones por exceso de velocidad.

Ocho años después de que el Gobierno de Aznar aprobara la última ley de tráfico, los conductores deberán aprender un nuevo repertorio de normas y procedimientos. Queda poco tiempo para memorizar los cambios, ya que la legislación entra en vigor el martes.

Pocos usuarios, sin embargo, observan con buenos ojos la nueva ley. Casi todos los colectivos de conductores y de profesionales del volante consultados advierten un "claro sentido recaudatorio" por parte del Ministerio del Interior. Transportistas, taxistas y asociaciones de automovilistas ven más sombras que luces.

La ley cambia la escala de limitación de la velocidad, mucho más compartimentada (ver gráfico) y que adquiere un tinte más estricto. Con la agravante, además, de que los sistemas para controlar los excesos son mucho más exhaustivos que antes. Ahora, la primera 'frontera' para quienes sobrepasen la velocidad máxima será de 70 km/h en calles con 50 km/h de tope, de 130 en carreteras con 100 de límite y de 150 con 120 de máxima. En estos casos, la sanción (grave) será de 100 euros, aunque no conllevará la pérdida de puntos.

Las multas serán muy fuertes si se supera ampliamente la velocidad máxima. Por ejemplo, ir por el paseo de la Independencia de Zaragoza (limitado a 30 km/h) a 61 km/h supondría 400 euros y la rebaja de cuatro puntos en el carné.

Cambia también el pronto pago, que introdujo la ley de 2002 con un descuento del 30%. Ahora, el sistema se encuadra un procedimiento de nueva creación que conllevará un triple ahorro: económico y de derechos para los infractores y de tiempo para la administración. Los conductores podrán resolver el proceso en el plazo de 15 días pagando la mitad de la sanción, pero pierden así la posibilidad de alegar. El procedimiento solo podría reabrirse a través de un contencioso.

Hay más novedades: se elimina la suspensión del permiso de conducir de uno a tres meses, algo que tiene un argumento obvio: Tráfico lo considera redundante, toda vez que el carné por puntos ya lleva implícita una suspensión.

Una de las premisas de la renovada legislación es que no importa tanto quién paga la multa como garantizar que alguien la pague. Este es uno de los principales argumentos de los colectivos consultados para criticar el afán recaudatorio de Interior. De este modo, se introducen nuevos conceptos de responsabilidad, como el de coches de alquiler, los vehículos que estén en el taller o el de los que no sean detenidos in situ (como sucede con los radares).

Otro aval para que la DGT cobre es el cambio de las prescripciones: en el caso de las infracciones, baja de un año a seis meses; pero, en el de la ejecución de estas sanciones, aumenta de uno a cuatro años.

Eso sí, el Ministerio del Interior ha escuchado una de las reivindicaciones de los conductores y ha concedido que el dinero recaudado por las multas vaya destinado a mejorar la seguridad vial.

Y, para ganar agilidad administrativa, Interior crea la Dirección Electrónica Vial, con la que se da visos legales a la notificación electrónica. El instrumento para ello es el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (Testra), que sustituirá a los boletines oficiales.