ASISTENCIA SANITARIA

Cataluña estudia exigir 6 meses de empadronamiento para ofrecer cobertura sanitaria

Esta norma podría afectar a los imigrantes y a los ciudadanos procedentes de otras comunidades autónomas que vivan en Cataluña sin estar empadronados.

El Gobierno catalán propone modificar la ley de acceso a la asistencia sanitaria de cobertura pública a cargo del Servicio Catalán de Salud de manera que se necesiten seis meses mínimos de empadronamiento en cualquier municipio catalán para tener derecho a esta atención de forma regular al margen de las urgencias.


El anteproyecto de ley de simplificación y reestructuración de la administración catalana (ley Ómnibus) recoge, en su artículo 329, una modificación de la norma que regula el acceso a la asistencia sanitaria e introduce el requisito de los seis meses mínimos de empadronamiento.


La actual norma sanitaria, aprobada en 2010, señala como titulares del derecho a esta asistencia sanitaria pública «las personas empadronadas en cualquier municipio de Cataluña, y las que estén temporalmente, que tengan derecho a la asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con la normativa básica del Estado».


La Generalitat propone ahora sustituir este redactado por otro que apunta que serán titulares de este derecho «las personas empadronadas en cualquier municipio de Cataluña con una antigüedad mínima de 6 meses, que acrediten que no tienen acceso a la asistencia sanitaria de cobertura pública a cargo de otra entidad diferente del Servicio Catalán de la Salud».


La presidenta de la Asociación de Abogados Europeos de Inmigración y Extranjería (Abedie), Antonia Moyano, alerta de que la futura normativa puede afectar a los inmigrantes, que ahora pueden acceder a la asistencia sanitaria de manera regular desde el momento en que se empadronan, mientras que con la futura ley deberían tener que esperar seis meses.


La nueva propuesta del gobierno de CiU va en la línea de otras acometidas ya, como la anunciada ayer por el departamento de Bienestar Social, que ha suspendido temporalmente la universalización de las ayudas a las familias con hijos de 0 a 3 años limitándolas a aquellos que se encuentren en situación de vulnerabilidad y que acrediten cinco años de residencia legal.


El departamento de Salud de la Generalitat ha sido consultada por Efe para aclarar sus intenciones pero han declinado valorar por el momento el motivo de esta modificación legal.


En este contexto, la abogada Moyano va más lejos en su interpretación normativa y ha apuntado la posibilidad de que este cambio, sujeto aún a posibles modificaciones en el trámite de exposición pública y parlamentario, «pueda afectar a los españoles de otras comunidades autónomas».


«Es posible que la Generalitat pretenda cobrar al Estado el gasto que generen los ciudadanos procedentes de otros puntos de España que viven en Cataluña pero que todavía no llevan seis meses empadronados», ha dicho la abogada.


En todo caso, la propuesta de modificación del gobierno catalán mantiene un punto de la actual ley del acceso a la asistencia sanitaria a cargo del Servicio Catalán de Salud (SCS) que podría garantizar la atención de los inmigrantes ya que se remite a la Ley de Extranjería, que da derecho a la atención sanitaria a todas las personas desde el momento de su empadronamiento