la familia lleva dos años acampada en la calle

Anulan la sentencia que condenaba a la familia del hombre que lleva 21 años en coma

El Tribunal Supremo devuelve la causa para una nueva investigación sobre el caso de Antonio Meño, quien quedó en coma por una presunta negligencia médica durante una operación de nariz.

El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia que condenó a la familia de Antonio Meño, quien se quedó en coma hace 21 años por una presunta negligencia médica durante una rinoplastia, a pagar 400.000 euros en costas y ha acordado devolver las actuaciones para su nueva investigación a instancias de las partes.


En un sentencia, al que tuvo acceso Europa Press, la Sala de lo Civil del Alto Tribunal acuerda estimar la demanda de revisión formulada por la representación de Meño tras considerar acreditada "la maquinación fraudulenta aducida".


La resolución, de la que es ponente el magistrado José Ramón Ferrándiz Gabriel, ha considerado que el interés de la declaración efectuada por el nuevo testigo "pone de manifiesto la realidad de un fraude procesal-maquinación fraudulenta en términos del artículo 510, ordinal 4, de la Ley de Enjuiciamiento Civil - gestada, fuera del proceso, entre los profesionales intervinientes en la rinoplastia estética, con el fin de impedir a los perjudicados aproximarse remotamente, en el proceso civil".


Añade que "y antes a la tarea instructora impulsada de oficio, en un precedente proceso penal, en el que aquel obtuvo buena parte del material de prueba, a la realidad de lo ocurrido, generando una total oscuridad sobre ello, que no cabe tratar, por lo excepcional, con la aplicación de las reglas que imponían las tradicionales cargas procesales a los perjudicados demandantes".


En su virtud, rescinde las sentencias dictadas tanto en Primera como en Segunda Instancia devolviendo las actuaciones para que las partes hagan uso de su derecho según convenga el pleito correspondiente.


El pasado 3 de noviembre, la Sala celebró una vista pública en la que revisó un recurso de revisión de sentencia firme interpuesto por el abogado de la familia contra la sentencia que les condenó a pagar 400.000 euros en costas. La audiencia tuvo lugar al aparacer un nuevo testigo, cuya versión dio por válida la Fiscalía del Supremo.


En la vista, el nuevo testigo en la operación manifestó que el anestesista Francisco G. M. no comprobó que el tubo que le permitía respirar durante la intervención estética estaba desconectado, lo que provocó que sufriera "una apnea transitoria que le llevó a un daño cerebral".


La versión de este nuevo testigo, el Doctor Ignacio Frade, dió un vuelco inesperado al caso. Frade, que en aquel momento era médico aprendiz, ha relatado que, cuando la operación estaba a punto de terminar, el chico sufrió una alteración del ritmo cardiaco.


"El anestesista no estaba y se avisó a la enfermera auxiliar para que le llamara. A los minutos llegó. Le levantó los paños y comprobó que el tubo de anestesia a través del cual respiraba estaba desconectado. Dijo; `Dios mío, está desconectado!", recordó el testigo.


"No hubo ningún vómito. Jamás se salió el tubo de la traquea. Se produjo una desconexión de la parte exterior que le unía al respirador. No se le suministró oxígeno y sufrió una apnea transitoria que le llevó a un daño cerebral", precisó el médico especialista.