El Supremo confirma las condenas por la violación múltiple de Manresa

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que rechaza íntegramente los recursos de tres de los condenados, a los que se acusa de un delito de abuso sexual.

Fachada de la sede del Tribunal Supremo.
Fachada de la sede del Tribunal Supremo.
Edu Ortega

El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de entre 10 y 12 años de prisión por un delito de abuso sexual a cinco hombres que violaron por turnos a una menor de 14 años en Manresa (Barcelona) en octubre de 2016.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que rechaza los recursos contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó a su vez otra de la Audiencia de Barcelona.

El tribunal rechaza íntegramente los recursos de tres de los condenados, que fueron los únicos planteados contra la sentencia, ya que los otros dos no recurrieron. Tampoco recurrió la acusación particular ni la Fiscalía Superior de Cataluña, pese a que en el juicio les acusaba de agresión sexual.

Al no recurrir, el ministerio público aceptó la posición de la Audiencia y del TSJC que confirmó las condenas por un delito de abusos a los cinco procesados al entender que no está probada la "intimidación ambiental" que permitiría elevarlo a agresión sexual.

La sentencia considera probado que la menor estuvo tomando bebidas alcohólicas y fumando algún porro en un botellón al que acudió junto a un grupo de amigos, el 29 de octubre de 2016, en una fábrica abandonada situada en el Camí Torre d'en Viñas de Manresa, por lo que perdió la conciencia "de lo que pasaba y lo que hacía" y no la recuperó hasta la mañana siguiente.

Uno de los procesados, Bryan Andrés M., se llevó entonces a una caseta adjunta a la nave a la joven, cuya condición de menor de 16 años "no pasó desapercibida a ninguno de los congregados" así como su estado de "inconsciencia", y abusó sexualmente de ella.

Tras ello animó a hacer lo mismo a cuatro de sus amigos, que la penetraron vaginalmente, añade la sentencia. Posteriormente, dos de los procesados -Bryan Andrés M. y Maikel P., condenados a doce años- obligaron a la menor a que les practicara una felación.

Además de las penas de prisión, el alto tribunal ratifica el pago conjunto de una indemnización de 60.000 euros a la víctima así como la prohibición de acercarse y comunicarse con ella el tiempo que duren las respectivas condenas.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión