Ley del aborto blindada en la sanidad pública y con penas por "acoso"

El Gobierno aprobó la reforma de la norma el pasado diciembre con novedades como la posibilidad de que las jóvenes de 16 y 17 años interrumpan su embarazo sin permiso materno.

Una mujer sujetando una ecografía en una imagen de archivo
Una mujer sujetando una ecografía en una imagen de archivo
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La reforma de la ley del aborto que el Congreso aprobó el pasado 15 de diciembre puso a la sanidad pública como referencia para la interrupción voluntaria del embarazo y supuso una ampliación de la cobertura de este derecho. Apoyada por los partidos del llamado bloque de investidura, en el debate parlamentario Vox se mantuvo en contra al considerarla "un atentado contra la vida", mientras que el PP rechazó la retirada de los tres días de reflexión y la entrega de un documento con información sobre ayudas a la maternidad.

Días de reflexión

Con la reforma legal, desaparecen los tres días de reflexión que fijaba la anterior norma antes de someterse a un aborto. Además, las mujeres pueden acogerse a una baja incapacitante por la interrupción voluntaria del embarazo y se crean servicios de asistencia y acompañamiento integral y especializado. Paralelamente, se dejará de entregar el sobre con información a las mujeres que vayan a abortar. Sólo se le proporcionará a aquellas que lo pidan expresamente.

Consentimiento paterno

Otra novedad es que las jóvenes de 16 y de 17 años podrán abortar sin necesidad de tener permiso paterno ni judicial, como era necesario antes. Además, las menores de dicha edad a quienes sus padres nieguen el permiso para interrumpir su embarazo tendrán la capacidad para solicitar que se nombre un defensor judicial que resuelva el conflicto. El procedimiento será urgente e intervendrá la Fiscalía.

Píldora del día después

Con la nueva ley se proporcionará, gratuitamente, la píldora del día después en los centros de salud y los de salud sexual y reproductiva. Su coste es de alrededor de 20 euros en farmacias.

Objeción de conciencia

Se excluye a los médicos inscritos en el censo de objetores -cuya opción sigue contemplada en la ley- de los comités clínicos que analizan si una mujer puede abortar más allá de la semana 22. La ley mantiene que solo está permitido en casos de malformaciones incompatibles con la vida o por una enfermedad grave e incurable. Asimismo, la opinión de estos comités ya no será la definitiva. La mujer podrá recurrir a la vía jurisdiccional cuando no esté conforme con la decisión.

Educación sexual

La educación sexual será integral en las principales etapas educativas con el foco en el consentimientos y los buenos tratos. Se establece el reparto de forma gratuita métodos barrera de anticonceptivos en centros educativos vinculados a campañas sobre educación sexual.

Coacciones

En su declaración institucional de este lunes, el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, rechazó el protocolo "provida" por, entre otras razones, la posibilidad de que "pueda suponer coacciones directas" a las mujeres. Si bien la última reforma legal no hacía referencia expresa a esta situación, el Gobierno ya tipificó como delito en abril del año pasado en el Código Penal el acoso tanto a quienes abortan como al personal sanitario que practica interrupciones del embarazo.

Salud menstrual

La ley regula por primera vez en un país europeo el derecho de una mujer que sufra reglas muy dolorosas a cogerse una baja laboral. Este incluye en el catálogo de causas que generan incapacidad temporal.

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