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Qué profesionales se pueden jubilar a los 60 años

Se trata de un derecho que reclaman los transportistas por considerarse profesión de "alto riesgo".

Qué profesionales se pueden jubilar a los 60 años
Qué profesionales se pueden jubilar a los 60 años
Pixabay

Jubilarse a los 60 años es una de las demandas que la Plataforma Nacional por la Defensa del Transporte reclama al Gobierno en busca de conseguir un derecho considerado necesario para el sector de los transportistas. Los ministerios de Transportes y Economía conocen esta petición de los conductores profesionales, oficio definido "de alto riesgo". Aunque para los profesionales de este sector no se han hecho efectivas sus demandas, existen muchos otros oficios que sí pueden jubilarse a la edad de 60 años.

De acuerdo con la Seguridad Social"la edad ordinaria de jubilación puede ser rebajada o anticipada para aquellos profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad". Y en este marco, cumpliendo los requisitos generales que el Estado exige, como son los años de cotización, se descubren algunas actividades laborales susceptibles de acogerse a este derecho. Y en ese proceso andan los camioneros.

En la actualidad, los trabajadores que pueden jubilarse a los 60 años en España con el 100% de las pensiones son los que se han dedicado a profesiones como la minería. También, aquellos trabajadores que puedan incluirse en el Estatuto Minero o trabajadores ferroviarios, siempre y cuando formen parte de los supuestos del Real Decreto 2621/1986. Otra de las profesiones que puede acogerse a esta jubilación es el personal de vuelo, según el Real Decreto 1559/1986, si cumple con el tiempo trabajado dependiendo las categorías de piloto y segundo piloto, por un lado, y mecánico de aeronave, navegante operador de fotografía aérea, operador de medios tecnológicos, fotógrafo aéreo y operador de cámara aérea, por otro.

Curioso es el caso de los artistas, que pueden jubilarse a los 60 años si acreditan ocho años trabajados de los últimos 21. Por otro lado, los profesionales del mundo taurino, según la actividad realizada dentro de las plazas de toros, tienen la posibilidad de acogerse a este derecho. Y por último, los cuerpos de protección civil o fuerzas de seguridad del Estado, así como los bomberos al servicio de administraciones públicas lo hacen a través del Real Decreto 383/2008, y policías locales desde 36 años cotizados.

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