España supera las 10.000 protecciones concedidas a ucranianos por la guerra

Esta condición permite a estas personas puedan obtener de forma casi inmediata un permiso de residencia y de trabajo.

Aragón. Oficina de Extranjería de la Policía. / 15-03-2022 / FOTO: GUILLERMO MESTRE[[[FOTOGRAFOS]]]
Oficina de Extranjería de la Policía Nacional en Zaragoza.
Guillermo Mestre

España ha superado este lunes las 10.000 protecciones temporales concedidas a refugiados ucranianos que llegan a nuestro país huyendo de la invasión de Rusia de su país, lo que permite a estas personas obtener de forma casi inmediata un permiso de residencia y de trabajo, así como acceder a la sanidad, la educación y ayudas económicas.

Según informa el Ministerio del Interior, desde que el pasado 10 de marzo se habilitara el sistema de urgencia que permite a los refugiados que llegan a España huyendo de la guerra solicitar en comisarías y centros de recepción estas protecciones se han concedido 10.260 permisos hasta las 15.00 de este lunes.

Interior recuerda que este estatus conlleva el permiso de residencia y, para los mayores de edad, de trabajo. Además, los desplazados que obtienen la protección temporal pueden utilizar legalmente sus permisos de conducir en España al menos durante un año.

Madrid (2.751), Comunidad Valenciana (1.788), Cataluña (1.252) y Andalucía (1.206) son las comunidades autónomas con más protecciones tramitadas.

Los desplazados que llegan a España pueden solicitar la protección temporal en los centros de recepción y acogida habilitados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en Pozuelo de Alarcón (Madrid), en la Ciudad de la Luz de Alicante y en la Fira de Barcelona, así como en las 54 comisarías de Policía Nacional habilitadas para estos trámites por toda España.

En concreto, las solicitudes de protección internacional se pueden presentar en las oficinas de Extranjería de las comisarías provinciales de todas las capitales de provincia así como en las comisarías de Algeciras, Gijón y Vigo.

La solicitud es tramitada por la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior y resuelta en el plazo máximo de 24 horas. Es comunicada de forma electrónica al solicitante siempre que sea posible, de forma postal o por comparecencia personal ante comisarías u oficinas de extranjeros.

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