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La justicia avala el pasaporte covid en bares, gimnasios y residencias de Cataluña

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha autorizado a la Generalitat a extender la exigencia del pasaporte covid ante la escalada de la sexta ola de coronavirus.

El Superior vasco no autoriza el pasaporte covid para el ocio nocturno y restaurantes con comedores para más de 50 personas
El Superior vasco no autoriza el pasaporte covid para el ocio nocturno y restaurantes con comedores para más de 50 personas
Miguel Toña

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha autorizado a la Generalitat a extender la exigencia del pasaporte covid para acceder a la restauración, gimnasios y para las visitas a las residencias de ancianos, como le pidió la Generalitat, a la que no obstante ha advertido de que si lo quiere seguir ampliando lo deberá justificar mejor.

En un auto, la sección tercera de la sala contenciosa administrativa del alto tribunal catalán autoriza a la Generalitat a imponer el pasaporte covid para acceder a bares y restaurantes -excepto en las terrazas-, en las visitas a residencias geriátricas y en gimnasios, como le solicitó el pasado martes la administración catalana.

Según han informado fuentes del Govern, el Alto Tribunal catalán ha avalado la solicitud de la Generalitat de ampliar el uso del pasaporte covid en Cataluña, que desde el pasado 7 de octubre ya se requiere para entrar al ocio nocturno en interiores y desde inicios de noviembre también para banquetes, celebraciones y actos que se celebren en hoteles y restaurantes con posibilidad de baile. 

 

A instancias de la Generalitat, también lo extiende a cines, teatros, auditorios y galerías comerciales, entre otros, si hay actividad de baile o restauración en el interior.

El TSJC ha avalado esta extensión del uso el pasaporte covid en Cataluña pese a que la Fiscalía se ha opuesto en un informe a la solicitud del Govern, que prevé que esta nueva medida entre en vigor esta medianoche, una vez sea publicada en el Diario Oficial de la Generalitat, con una vigencia de catorce días.

En Cataluña ya se exigía el uso del pasaporte covid desde el pasado 7 de octubre para entrar en locales de ocio nocturno en interiores y desde inicios de noviembre también para banquetes, celebraciones y actos que se celebren en hoteles y restaurantes con posibilidad de baile.

Una vez autorizada esta nueva ampliación, el TSJC ha advertido a la Generalitat que la "adición acentuada y sin freno de más y más actividades" a las que se requiere el pasaporte sanitario va alcanzando una "altura que va a requerir cuando menos una mayor motivación y justificación reforzada" para seguir obteniendo el aval judicial.

No obstante, la sala estima que la extensión que ha solicitado esta semana la Generalitat para los próximos 14 días es "idónea" para la lucha contra la propagación del virus "en un entorno en el que la actitud jovial, aglomeración de personas, asociación a la interacción social y dificultad de mantener la distancia social con mascarilla puede generar un mayor riesgo de contagio por la relajación de algunas cautelas".

También considera que la solicitud de la Generalitat es "necesaria", dada la incidencia que aún se mantiene en Cataluña en la propagación del coronavirus y que se pueden dar escenas de "súper propagación".

Además, ve la extensión del pasaporte covid "proporcional", teniendo en cuenta que supone la posibilidad de reapertura en muchas actividades que habían quedado paralizadas o suspendidas.

En este sentido, subraya que las medidas restrictivas de derechos fundamentales que planteó la Generalitat pueden ser autorizadas porque cumplen con el requisito de su proporcionalidad y son necesarias y ponderadas, "en un estado que ahora se vuelve a agravar", por lo que procede atenderlas debidamente "sin dilación".

En su resolución, el TSJC recrimina además a la Generalitat que la documentación que le envía para solicitar su aval a este tipo de restricciones "dista mucho de clarificar el régimen que se trata de establecer, hasta hacerlo pastoso, en exceso reiterativo, hasta penetrar en una senda que puede dificultar en grado extremo su atendible comprensión".

Por este motivo, le insta a que en futuros casos lo pida con "mayor simplicidad", separando los informes sobre los datos epidemiológicos y sanitarios de las medidas que se piden, diferenciando claramente las que afectan a derechos fundamentales y las que no.

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