El Tribunal Superior no investigará a Aragonès por los avales del procés

En un auto, la sala civil y penal del TSJC acuerda inadmitir a trámite las denuncias que presentaron Vox, Convivencia Cívica Catalana y Cs contra Aragonès y sus consellers por los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.

Rueda de prensa de Pere Aragonès
Pere Aragonès.
Marta Pérez

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado investigar al presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, y a los consellers Jaume Giró y Laura Vilagrà por los avales del Institut Català de Finances (ICF) a los exaltos cargos de Govern encausados por el Tribunal de Cuentas.

En un auto, la sala civil y penal del TSJC, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, acuerda inadmitir a trámite las denuncias que presentaron Vox, Convivencia Cívica Catalana y Cs contra Aragonès y sus consellers por los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.

La sala razona en su auto que "nada permite afirmar que el marco legal aprobado por el Govern de la Generalitat sea arbitrario por sí mismo y que posibilite sin más una administración desleal de fondos públicos".

Según el TSJC, el objeto de los avales aprobados por el Govern es "estrictamente cautelar" -porque prevé hacer frente al patrimonio de cargos públicos ante decisiones no firmes-, establece una serie de condiciones para su prestación y da potestad a la Generalitat para denegarlo en aquellos casos en que la conducta del funcionario haya dado pie a un procedimiento sancionador por la propia administración.

Además, añade el auto, la normativa prevé que las cantidades garantizadas a través del ICF sean devueltas, en el caso de que la resolución judicial firme que recaiga sobre los beneficiarios "establezca finalmente la existencia de responsabilidad contable o civil derivada de falta o delito".

El tribunal afea a los denunciantes que aludan en sus denuncias a la "ilegalidad" de las actuaciones de los altos cargos avalados, teniendo en cuenta que el Tribunal de Cuentas todavía no ha adoptado una decisión definitiva sobre el asunto.

"Llevada a sus últimas consecuencias esa tesis conduce a negar toda posibilidad de otorgar cobertura cautelar a un servidor público -alto cargo o funcionario- frente al riesgo de perjuicio patrimonial por hechos derivados del ejercicio del cargo aún pendientes de enjuiciamiento, lo cual carece de todo respaldo expreso en mandato alguno del bloque de constitucionalidad", abunda el TSJC.

Asimismo, recuerda el TSJC que "nada ha de impedir cualquier iniciativa de control de la legalidad" de los avales que otorgue el ICF o la entidad gestora a quien se encomiende la gestión del fondo.

Respecto al delito de prevaricación, la sala argumenta que el decreto que dio luz verde a los avales es un "genuino acto político" y una norma jurídica de urgencia con rango de ley, por lo que "cae fuera del control de la validez de los tribunales del orden contencioso-administrativo" y está sujeta al del Constitucional.

A través del decreto, insiste la sala, "el Govern de la Generalitat no dictó una mera resolución en un asunto administrativo, presupuesto de toda prevaricación administrativa".

En paralelo a las denuncias en manos del TSJC, la Fiscalía de Barcelona está investigando desde hace meses a la junta de gobierno del ICF por la concesión de los avales para cubrir la fianza de 5,4 millones de euros que el Tribunal de Cuentas reclama a una treintena de ex altos cargos del Govern por destinar dinero público a la promoción del procés en el extranjero.

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