La legitimación, primer escollo de los recursos a los indultos en el Supremo

Este jueves Ciudadanos y PP solicitaron medidas cautelarísimas y cautelares para suspender los indultos.

Salida de los presos tras los indultos del procés
Salida de los presos tras los indultos del 'procés'
EFE/Europa Press

El Supremo ya tiene sobre la mesa los recursos de Vox y Ciudadanos que piden la suspensión cautelar de los indultos del 'procés', una petición que puede forzar al tribunal a pronunciarse en unas semanas sobre la legitimación activa de los partidos para recurrir.

Ambas formaciones registraron este jueves sus recursos ante el alto tribunal en los que solicitan medidas cautelarísimas (sin escuchar a la otra parte) y cautelares para suspender los indultos y que los líderes independentistas catalanes regresen a las cárceles en tanto los magistrados resuelven sobre el fondo.

La tramitación ordinaria del recurso contencioso administrativo es la siguiente: resolver las cautelarísimas y luego cautelares sobre la suspensión de la gracia, ya dando traslado a la Abogacía. Después se reclaman los expedientes de los indultos a la Administración, el recurrente formaliza la demanda, se ha traslado de la misma a la otra parte y se resuelve en sentencia.

Aquí la clave de bóveda se sitúa en la legitimación activa de los partidos para recurrir un indulto (dado que solo pueden ir al Supremo quienes acrediten ser perjudicados directos por la puesta en libertad de los presos), un asunto que normalmente se resolvería cuando el tribunal abordara el fondo del recurso.

Sin embargo, fuentes jurídicas han informado a Efe de que la Sala de lo Contencioso Administrativo puede aprovechar la petición de la suspensión cautelar para resolver ya la legitimación.

¿Cuándo puede entrar el Supremo a resolver la legitimación?

Este es el recorrido. En un primer escenario, el Supremo resuelve las cautelarísimas de inmediato, sin dar traslado a la otra parte que en este caso es la Abogacía del Estado.

Si son rechazadas, se da paso al segundo escenario que son las cautelares. Aquí, los magistrados darían traslado de esta petición a la Abogacía que pedirá que se rechace de plano en un escrito en el que, precisamente, puede oponerse a esta medida argumentando esa falta de legitimación, algo que es previsible que haga.

Y es en este paso concreto donde los magistrados pueden decidir, como paso previo, si abordan o no la legitimación por tratarse de una cuestión que va ligada al fondo del asunto, aunque también tendría que dar traslado de ello a la parte recurrente.

También la legitimación se puede alegar por la Abogacía al inicio del plazo de contestación a la demanda planteando lo que se denomina "alegaciones previas" y, por último, puede abordarse en la sentencia, añaden las fuentes.

En todo caso, solo las cautelarísimas se resolverán "muy rápido", esto es, la próxima semana, mientras que con las cautelares el proceso se dilatará unas semanas porque hace falta informe de la Abogacía.

Las fórmulas de los partidos para justificar la legitimación

Tan relevante es la cuestión de la legitimación activa que Ciudadanos ha presentado su recurso no como partido sino a título individual basado en que su líder Inés Arrimadas, el actual portavoz en Cataluña, Carlos Carrizosa, y José María Espejo, eran diputados del Parlament cuando se aprobaron las leyes de desconexión, en septiembre de 2017 y resultaron perjudicados por el 'procés'.

"Se les limitó el derecho de participación política, sus derechos fueron violentados" y, por tanto, al resultar entonces directamente perjudicados, el portavoz parlamentario y jurista Edmundo Bal cree que tienen "legitimidad" para recurrir ahora los indultos.

Vox, por su parte, también ha presentado su recurso ante el Supremo, pero sin explicar su contenido, aunque por lo que han contado estos días, basan su legitimidad para presentarlo en haber sido acusación popular en la causa del 'procés'.

Pero aquí choca con un reciente pronunciamiento de la Sala de lo Penal que rechazó incorporar el informe de Vox sobre los indultos antes de emitir el suyo porque la ley no contempla que la acusación popular deba emitir un dictamen sobre la medida de gracia.

Según las fuentes consultadas, ser acusación popular no basta para sostener la legitimación activa, sino que ha de justificarse un perjuicio directo vinculado a la puesta en libertad de los presos.

Y mientras tanto el PP, que también va a recurrir, está estudiando los argumentos jurídicos para sostenerlo y barajando que el requisito de "legitimación" para poder interponerlo no solo contemple la alegación de Pablo Casado como perjudicado directo al haber sido señalado por los CDR, sino también otras opciones.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión