El público volverá a los estadios con mascarilla la próxima temporada, y serán las CC. AA. las que determinen el aforo

Así lo ha anunciado la ministra de Sanidad tras el Consejo de Ministros, que ha modificado la ley de nueva normalidad. La mascarilla será obligatoria si no se puede guardar la distancia de seguridad.

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Foto de archivo de las gradas de La Romareda
FRANCISCO JIMENEZ

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha asegurado hoy que el público podrá volver a los estadios de fútbol y de baloncesto porque se suprime el artículo 15.2 de la Ley de Nueva Normalidad que lo impedía. No obstante, serán las autoridades autonómicas las que determinen el aforo de los estadios.

En este contexto, Darias ha señalado con cierto suspense: "si digo que se suprime el artículo 15.2 de la Ley de Nueva Normalidad no les dirá mucho". Acto seguido ha añadido la explicación: "Pero si les digo que este artículo tiene que ver con la afluencia de público a los estadios de fútbol, de la liga profesional, o de baloncesto, de la ACB, supongo que sí sabrán de lo que les estamos hablando".

Pues bien, la ministra ha anunciado que al suprimir ese artículo se autoriza la vuelta a la normalidad "en cuanto a la afluencia de público en nuestros estadios, en la liga de fútbol profesional, para el comienzo de la liga y también de la ACB".

"Estoy convencida de que va a ser una noticia bien recibida y muy bien aceptada para todo el deporte y para este país", ha precisado Darias.

Además, aspira a flexibilizar las limitaciones vigentes en el acceso a edificios de los aeropuertos, hasta ahora solo permitido a personas con billete, personal trabajador, fuerzas y cuerpos de seguridad y trabajadores de inspección, pero será con otro acuerdo del Consejo de Ministros a propuesta del ministro de Transportes, José Luis Ábalos. 

Con mascarilla

El decreto, tal y como transmitiera la ministra ayer al Consejo Interterritorial, también contempla que la mascarilla siga siendo obligatoria en espacios cerrados públicos, como por ejemplo una biblioteca, o espacios cerrados de uso público, como una farmacia o un supermercado, y en los transportes públicos tanto en avión, autobús o metro.

También lo será en eventos multitudinarios, como un concierto, pero, si ese evento es sentado y se respeta el metro y medio de distancia, no será obligatoria.

Sin embargo, según consta en el decreto ley, la mascarilla dejará de ser de obligado uso en residencias y espacios institucionalizados donde el 80 por ciento de la población esté vacunada, pero sí será obligada para los trabajadores de esos centros y las visitas.

Lo mismo ocurrirá en servicios esenciales, como por ejemplo un parque de bomberos, que no tendrán que llevarla en sus guardias si el 80 por ciento está inmunizado.

No será obligatoria para los pasajeros de barco y buque en su camarote y tampoco cuando estén en cubierta y se pueda mantener la distancia de seguridad.

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