La AVT recurrirá la sentencia de los atentados de Barcelona y Cambrils para que se anule y repita el juicio

La Asociación de Víctimas del Terrorismo asegura que el tribunal no se pronuncia sobre el delito de asesinato terrorista que formularon las acusaciones

Solo tres terroristas serán juzgados y ninguno por asesinato
Solo tres terroristas serán juzgados y ninguno por asesinato

La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) ha anunciado este lunes que recurrirá la sentencia dictada por la Audiencia Nacional sobre los atentados perpetrados el 17 de agosto de 2017 en Barcelona y Cambrils, que dejaron 16 fallecidos y más de 150 heridos, con la intención de que sea anulada y se repita el juicio, porque el tribunal no se ha pronunciado sobre los cargos de asesinato terrorista que formularon ésta y otras acusaciones.

"Tras la lectura completa de la sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional sobre los atentados del 17 de agosto de 2017 en Barcelona y Cambrils, desde la AVT entendemos que debemos presentar recurso ante la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva", ha informado la AVT en un comunicado.

En concreto, ha avanzado que solicitará "la nulidad de la sentencia y la repetición del juicio, toda vez que el tribunal no se ha pronunciado sobre la presunta participación de dos de los acusados en los hechos delictivos ocurridos en la Rambla de Barcelona y en el paseo marítimo de Cambrils".

La AVT ha explicado que, a pesar de que les acusó de delitos de asesinato terrorista consumado e intentado, el tribunal guardia silencio sobre este punto porque "entiende que no formaba parte del objeto de procedimiento al no haber sido procesados previamente por dichos hechos por parte del juzgado instructor".

Sin embargo, para la AVT, "dicha circunstancia no debe vincular al órgano de enjuiciamiento, que debe celebrar el juicio oral respecto de todos los hechos, y sus calificaciones jurídicas, que se contienen en los escritos de acusación".

"En definitiva", ha resumido, "la AVT va a recurrir esta sentencia porque el tribunal solo ha juzgado parte de los hechos investigados, y ello, a pesar de que las acusaciones habíamos formulado nuestro escrito de acusación por la totalidad de los hechos ocurridos el 17 de Agosto de 2017 en Barcelona y Cambrils". 

"No se trataba de "juzgar a personas fallecidas"

La Asociación 11-M, que ejerce igualmente la acusación popular en este caso, también sopesa recurrir la sentencia del 17-A por las mismas razones expuestas por la AVT, si bien en su caso aún espera a conocer el parecer de las víctimas a las que representa como acusación particular para dar el paso definitivo.

El malestar de la AVT, la Asociación 11-M y otras acusaciones se debe a que el tribunal que juzgó los atentados de Barcelona y Cambrils les permitió formular acusaciones por delito de asesinato terrorista contra dos de los tres acusados --Mohamed Houli Chemlal y Driss Oukabir-- pero en su fallo no se pronunció al respecto porque se ciñó a los delitos señalados al concluir la fase de investigación.

La sentencia, ponencia del magistrado Alfonso Guevara, esgrime que no se trataba de "juzgar a personas fallecidas" sino de "enjuiciar la conducta de los tres procesados", que limita a los sucesos de Alcanar --donde se guardaban los explosivos que iban a ser usados para atentar--, dado que los autores materiales del 17-A murieron ese día.

Así, el tribunal impuso una pena de 53 años y seis meses de cárcel a Chemlal y de 46 años a Oukabir por delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia, depósito y fabricación de sustancia o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista; y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave. Said Ben Iazza, por su parte, recibió 8 años de cárcel por colaboración con organización terrorista.

Sin embargo, estas acusaciones entienden que los tres acusados formaban parte de una célula yihadista cuyo objetivo era causar el mayor daño al mayor número de personas posible y que, al facilitar los medios materiales para atentar --los coches--, se les debe condenar en algún grado de autoría, ya sea como colaboradores necesarios o cómplices, por asesinato terrorista.

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