coronavirus

¿Se podrá tomar el sol en la playa o la piscina sin mascarilla?

Sanidad rectifica y exime de las mascarillas en los momentos de "descanso" en zonas acuáticas en las que se pueda guardar distancia aunque obliga a llevar la mascarilla en el chiringuito. Si se toma el sol en la arena y hay distancia suficiente tampoco será obligatorio el tapabocas.

Madrid, 7 abr (EFE).- Sanidad propone el uso de la mascarilla obligatoria en las playas cuando se esté paseando o en situaciones en que no haya distancia de seguridad, mientras que se excluye durante...
Entra en vigor la obligación de llevar mascarilla aún con distancia
Entra en vigor la obligación de llevar mascarilla aún con distancia
ATIENZA

El Ministerio de Sanidad enterró este miércoles definitivamente su polémico proyecto de imponer el uso de la mascarilla en todo momento en las playas, piscinas, ríos, lagos, pantanos, embalses y entornos "asimilados", aunque se pudiera guardar la distancia de seguridad con otras personas. El Gobierno quiere "modular" las órdenes para que el uso de esa protección sea menos rígido.

Una semana después de que la controvertida normativa fuera publicada en el BOE sin el acuerdo de las autonomías, el departamento que dirige Carolina Darias prefirió no tratar de no forzar la voluntad de las comunidades. A tal fin, presentó un nuevo texto en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que permite no usar el tapabocas en esos espacios públicos siempre que sea en los "momentos de descanso" (no se usa la expresión "tomar el sol", pero está implícita, según los técnicos) y siempre que se pueda guardar la distancia de seguridad de 1,5 metros con otros grupos de personas "no convivientes".

El texto, que obtuvo ahora sí el visto bueno de las comunidades, mantiene no obstante la obligación de portar la protección de nariz y boca si las personas se encuentran en movimiento. O sea -explican desde Sanidad- la mascarilla seguirá siendo obligatoria durante los "paseos" por la playa y "demás entornos acuáticos", con independencia de la masificación o no que exista en la zona.

Particularmente, la nueva norma señala que el tapabocas será indispensable durante el acceso a los arenales o en el desplazamiento a la orilla, así como en todos los "entornos naturales" de estas zonas, como pudieran ser unas dunas. Tampoco los ciudadanos podrán descubrirse la boca en el interior de los vestuarios de las piscinas u otros espacios de ocio similares, sean públicas o comunitarias. Únicamente se podrá prescindir de la protección en los vestuarios en el habitáculo de la ducha.

¿Debo llevar mascarilla si voy a bañarme?

La ley amparaba ya a quienes nadan en el mar, por ser una actividad deportiva individual al aire libre, pero quedaba en el aire los casos en los que la persona simplemente está dentro del mar, cogiendo olas o refrescándose de pie. Sanidad propone ahora que se exceptúe "el baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas".

La práctica deportiva en estos espacios acuáticos, como en el resto de parajes, seguirá eximiendo, como hasta ahora, del uso del tapabocas mientras se realiza la actividad física, no en el preámbulo ni a posteriori. También se excluye de portar la mascarilla a las personas que, estando en estos lugares, realicen actividades de "socorrismo o rescate" pero solo en el momento que necesiten "acceder al medio acuático" para ejercer su trabajo de asistencia a tal fin.

¿Y si estoy tomando el sol?

Canarias y Baleares, dos de los principales receptores del turismo de playa, demandaron que la nueva legislación no se opusiera a sus propias regulaciones regionales, que permitían que los bañistas tomaran el sol sin mascarilla, siempre que estuvieran en su toalla y respetaran la distancia de seguridad con otros grupos o personas no convivientes.

Sanidad propone acoger esa demanda al establecer en el borrador como excepción "los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo". La propuesta añade que en la playa "o entornos asimilados", la persona podrá quitarse la mascarilla "mientras esté en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados". En las piscinas, la dispensa será solo en los intervalos entre actividad.

¿Y si estoy en el chiringuito?

También, obviamente, se podrá prescindir momentáneamente de la máscara cuando se coma o se beba. Eso sí, en los establecimientos de restauración de estas zonas de ocio veraniego, como en el resto de la hostelería, seguirá en vigor la obligación taxativa de llevar en todo momento la mascarilla puesta excepto en el momento de la consumición.

Las nuevas directrices que obtuvieron la bendición este miércoles en el Interterritorial van a modificar el artículo 6.2 de la Ley de Prevención contra el Coronavirus, redactado y aprobado en los primeros días de la pandemia y el confinamiento y que establecía el uso de la mascarilla en todos los casos en espacios públicos.

¿Si voy a una playa concurrida?

La condición para que los bañistas se puedan quitar la mascarilla cuando están en su toalla es que guarden la distancia de seguridad de 1,5 metros, algo que se antoja difícil en playas muy populares como Benidorm o Torrevieja, que tradicionalmente reciben muchos visitantes. Sin embargo, la mayoría de las regulaciones regionales ya acogieron desde el verano pasado la orden de guardar la distancia de seguridad en la playa entre grupos de no convivientes.

La decisión primigenia de Sanidad de retocar estas disposiciones que tendrán su aplicación este verano, pero sin suavizar las condiciones en lugares de eminente presencia turística había levantado en armas a buena parte de las comunidades. Entre ellas están incluidas varias de Gobiernos socialistas, que temían que una normativa tan estricta pudiera desincentivar la llegada de visitantes los próximos meses.

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