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El Gobierno porroga dos meses la preferencia del teletrabajo por la crisis del coronavirus

El Gobierno ha incluido en las medidas referentes al empleo la protección a los despedidos en periodo de prueba. Permitirá ERTEs en sectores esenciales a trabajadores no indispensables y rebaja cotizaciones a agrarias con periodos de inactividad este año

Rueda de prensa tras reunión del Consejo de Ministros
Rueda de prensa tras reunión del Consejo de Ministros

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto-ley con más de 30 medidas económicas, entre las que se incluye prorrogar durante dos meses el carácter preferente del teletrabajo, así como el derecho de los trabajadores con deberes de cuidado a adaptar o reducir su jornada laboral, según ha anunciado la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y para la Transformación Digital, Nadia Calviño.

La prioridad del teletrabajo en la pandemia del coronavirus y el impulso a la adaptación o reducción de jornada fueron aprobados por el Gobierno en el Real Decreto-ley de 17 de marzo de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19.

En el artículo 5 de la norma se establecía el carácter preferente del teletrabajo frente a la cesación temporal o reducción de la actividad. Así, con el objetivo de facilitar el ejercicio de la modalidad de trabajo a distancia en aquellos sectores, empresas o puestos de trabajo en los que no estuviera previsto, el Gobierno determinaba en dicho artículo que se entendía como cumplida la obligación de efectuar la evaluación de riesgos con carácter excepcional a través de una autoevaluación realizada voluntariamente por el propio trabajador.

Se han flexibilizado los requisitos que rodean a esta prestación de servicios

La norma contempla además el acceso a las prestaciones por desempleo de los trabajadores que, estando en periodo de prueba, vieron extinguido su contrato laboral a partir del 9 de marzo, y de quienes extinguieron voluntariamente su contrato de trabajo a partir del 1 de marzo por contar con otra oferta laboral en firme que finalmente decayó.

"Se completa así el derecho de acceso a las prestaciones por desempleo de un conjunto de trabajadores que habían quedado excluidos de los Reales-Decreto leyes anteriores", ha destacado Calviño en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. 

Asimismo, el Gobierno ha modificado la regulación de los expedientes de regulación de empleo temporales (ERTEs) por fuerza mayor para que puedan acceder a ellos aquellas empresas que pertenecen a sectores esenciales pero cuyos ingresos se han visto mermados por la restricción de la movilidad. Ahora se les permitirá presentar un ERTE para incluir a trabajadores no indispensables para su actividad esencial.

Calviño ha informado además de que el decreto contempla también una rebaja de cotizaciones para determinados trabajadores agrarios que tengan periodos de inactividad este año, así como una simplificación del procedimiento para aplazar las deudas de la Seguridad Social.

La norma considera como causa excepcional las decisiones adoptadas por las autoridades gubernamentales que impliquen el cierre de centros educativos o de cualquier naturaleza. De este modo, se establece en dicho artículo que las personas trabajadoras puedan reducir hasta el 100% de su jornada o reorganizarla para poder afrontar este cierre de centros educativos o centros sociales de atención.

A este derecho pueden acogerse trabajadores por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado respecto al cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad, hasta el segundo grado.

La reducción de jornada debe comunicarse a la empresa con 24 horas de antelación. Esta, según el Gobierno, "es una medida fundamental para favorecer la conciliación y la corresponsabilidad y se entenderá como el derecho individual de cada uno de los cuidadores".

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