La Junta Electoral rechaza la petición de inhabilitar a Torra de manera inmediata

Desestima la solicitud del PP, Ciudadanos y Vox de cesar al presidente catalán tras la condena de inhabilitación del TSJC.

Torra mantiene Cataluña paralizada.
Quim Torra, en una imagen de archivo.
Alejandro García / Efe

La Junta Electoral de Barcelona desestimó este martes la petición del PP, Ciudadanos y Vox de inhabilitar de forma inmediata al presidente de la Generalitat Quim Torra. El organismo de control electoral rechazó retirar al mandatario autonómico su condición de diputado antes de que haya sentencia firme. La resolución, que puede recurrirse, cuenta con el voto particular de uno de sus vocales.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña condenó a Torra a un año y medio de inhabilitación y a una multa de 30.000 euros por un delito de desobediencia tras negarse a retirar las pancartas y los lazos amarillos en favor de los presos independentistas de los edificios públicos durante el periodo electoral.

En base a esa condena, las tres formaciones de derecha solicitaron el lunes la inhabilitación exprés del presidente catalán. Se apoyaron para ello en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, que establece que en algunos casos no hace falta que una sentencia sea firme para que el afectado resulte "inelegible". El artículo 6.2 b) de esta norma afecta a los condenados por terrorismo, delitos de rebelión o contra la administración pública, un caso que incluye la desobediencia.

La defensa de Torra alegó que la petición del PP, Ciudadanos y Vox era un "intento de fraude de ley" por el que se quería "privar" al Parlamento catalán y al TSJC de sus competencias.

En su escrito de desestimación, el organismo razona que la Junta Electoral Central nunca ha cesado a un diputado que además presida una comunidad autónoma, sino que los precedentes de cese sin sentencias firmes corresponden a alcaldes condenados por delitos vinculados a la corrupción con penas de prisión.

En el caso de Torra, arguyen los miembros del organismo de control electoral, cometió un delito "de carácter menos grave", al que va aparejada una pena de inhabilitación y el pago de una multa.

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