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Condenado a 18 años de cárcel por asesinar a un joven en una pelea ante una discoteca en Lorca

El autor fue declarado culpable del navajazo que costó la vida a otro en julio de 2016, mientras que a otros cuatro acusados se les han impuesto penas menores por un delito de lesiones.

Audiencia Provincial de Murcia
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El joven que fue declarado culpable del navajazo que costó la vida a otro durante la pelea que se produjo en las inmediaciones de una discoteca de Lorca (Murcia) en julio de 2016 ha sido condenado a 18 años de prisión como autor de un delito de asesinato, mientras que a otros cuatro acusados se les han impuesto penas menores por un delito de lesiones.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que Emilio Leonardo R.G. cometió los hechos sin que la víctima de los mismos pudiera defenderse, al recibir el navajazo por la espalda y cuando también recibía los golpes propinados por otros acusados.

Además, un hermano suyo ha sido condenado a un año de cárcel por un delito de lesiones, la misma pena que han puesto a otros dos denunciados. El quinto acusado, que también fue declarado culpable por un jurado popular, cumplirá seis meses al haberle aplicado la atenuante de confesión tardía de los hechos.

En cuanto a las indemnizaciones, Emilio Leonardo R.G. deberá abonar a la esposa e hijo del fallecido 202.000 euros y a sus padres, 200.000 euros.

La sentencia, dictada por el presidente del jurado popular, el magistrado de la Audiencia Provincial de Murcia Juan del Olmo, señala también que el Estado es acreedor de los 51.000 euros que adelantó a la esposa y al hijo de la víctima.

De esa forma, estima la argumentación hecha por el abogado del Estado, Nicolás Valero, que defendió la exigencia de devolución de esa suma.

Aunque la vista oral, desarrollada en la Audiencia Provincial de Murcia fue seguida contra doce imputados, durante la misma el fiscal y las dos acusaciones particulares retiraron la acusación contra la mitad de ellos.

Igualmente, el jurado popular declaró no culpable a uno de ellos, que había sido acusado de un delito de lesiones.

Al mismo tiempo, el veredicto recogió que los declarados culpables no eran merecedores de que le fuese concedida ninguna medida de gracia, aunque con respecto a los cuatro condenados por lesiones no mostraba oposición alguna a que le fuese suspendido el cumplimiento de la pena privativa de libertad.  

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