soberanismo catalán

El TSJC rechaza el recurso de Torra para llevar su caso a la justicia europea

En una providencia, la sala civil y penal del TSJC ha desestimado el recurso de súplica que el pasado martes planteó Torra tras su juicio del día anterior por desobediencia a la Junta Electoral por no retirar a tiempo los lazos amarillos en periodo electoral, al considerar que se le había privado el derecho a un juez imparcial.

Quim Torra, en la reunión semanal del Govern.
Quim Torra, en la reunión semanal del Govern.
Efe/Andreu Dalmau

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado el recurso de súplica que interpuso la defensa del presidente de la Generalitat, Quim Torra, para que elevara su causa por desobediencia a la justicia europea, y le remite a articular este trámite cuando haya dictado sentencia.

En una providencia, la sala civil y penal del TSJC ha desestimado el recurso de súplica que el pasado martes planteó Torra tras su juicio del día anterior por desobediencia a la Junta Electoral por no retirar a tiempo los lazos amarillos en periodo electoral, al considerar que se le había privado el derecho a un juez imparcial.

En su escrito, Torra recurría la decisión del alto tribunal catalán de no admitir en el juicio cinco cuestiones prejudiciales que planteó para denunciar que se habían vulnerado sus derechos en este procedimiento.

La defensa del presidente catalán exigía que se elevaran estas cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que se declarara nula la decisión que adoptó "in voce" durante el juicio el presidente del tribunal, Jesús María Barrientos, que las rechazó por "extemporáneas".

En una providencia, la sala del TSJC que juzgó a Torra rechaza el recurso del presidente catalán porque concluye que no cabe recurso alguno contra la decisión adoptada el pasado lunes en la vista, "sin perjuicio de su articulación contra la sentencia que ponga fin al juicio oral, si fuese el caso".

Barrientos rechazó admitir el pasado lunes las cuestiones prejudiciales durante el trámite de informe de la vista oral al considerar que la defensa de Torra, ejercida por el abogado Gonzalo Boye, las había solicitado en el momento procesal equivocado.

Según el magistrado, Boye no debería haber planteado estas cuestiones en su informe final, sino antes de elevar sus calificaciones a definitivas para dar así la oportunidad al resto de las partes de formular las alegaciones que fuesen pertinentes.

El president consideraba en su recurso ahora rechazado que este razonamiento del TSJC "no puede calificarse sino de mero pretexto con la única pretensión de vulnerar" sus "derechos" puesto que, aseguraba, no existe ningún "precedente" que impida plantear cuestiones al TJUE durante la fase de los informes. 

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